Fintech no pueden ofrecer ahorros, créditos y rendimientos: CONDUSEF

La Comisión recordó que las Instituciones de Fondo de Pago Electrónico e Instituciones de Financiamiento Colectivo no son bancos

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 ...  (Foto: iStock)

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El sector fintech, integrado por instituciones de tecnología financiera como las Instituciones de Fondo de Pago Electrónico (wallets o monederos electrónicos), e Instituciones de Financiamiento Colectivo (crowdfunding), que cuentan con la aprobación de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), no pueden ofrecer ahorros, créditos y rendimientos, señaló la Condusef.

La Comisión destacó que este tipo de instituciones no son bancos, y deben apegarse a la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera o Ley Fintech, y en el caso de los wallets, deben atender solo lo que está expresamente dispuesto en su normativa, es decir, pueden disponer del dinero que el usuario entrega, incluso efectivo mediante cajeros, o bien, solicitando la devolución.

No obstante, no tienen permitido ofrecer créditos, tampoco aperturar cuentas de ahorro ni de inversión o usar en su publicidad palabras que impliquen ofrecer otros servicios distintos a los autorizados, e informar claramente que sus plataformas prestan servicios a terceros.

Por su parte, las fintech de crowdfunding tienen como objeto poner en contacto a dos partes a través de una plataforma, una que solicita fondos y la otra que quiere prestar dinero o invertir en proyectos específicos, pero no pueden garantizar rendimientos, ofrecer créditos, o captar recursos para ahorros.

Asimismo, la CONDUSEF destacó que las empresas que no cumplen con lo dispuesto en la ley y “se hagan llamar fintech”, no serán supervisadas por la Comisión, y para saber cuáles son las instituciones autorizadas, puedes revisar el Padrón de Entidades Supervisadas (SIPRES), pero eso sí, el Gobierno Federal no garantiza las operaciones realizadas con las fintech autorizadas.

Por otro lado, se recomienda leer bien los términos y condiciones de las plataformas que ofrecen servicios financieros y conocer sus productos a través del Registro de Contratos de Adhesión (RECA).