En 2017 fuimos condenados al pago de un millón de pesos en un juicio mercantil; sin embargo, nunca se hizo efectiva la ejecución de la sentencia y queremos saber si ya prescribió el derecho para hacerla,
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El artículo 1079, fracciones IV y V del Código de Comercio (CCom), establecen los siguientes plazos de prescripción:
- tres años para la ejecución de sentencias en juicios ejecutivos, juicios orales y demás especiales que se prevean en las leyes mercantiles y de los convenios judiciales celebrados en ellos, y
- cinco años para la ejecución de sentencias en juicios ordinarios y de los convenios judiciales celebrados en ellos
Para hacerla efectiva se deberá promover un incidente de prescripción de ejecución de sentencia en términos del CCom.