Es común que diversos establecimientos pongan letreros que digan frases como “si no le entregan su ticket la cuenta es gratis”, pero ¿esto es realmente obligatorio?
La respuesta es no. Y es que, aunque el artículo 12 de la Ley Federal de Protección al Consumidor prevé que es una obligación del proveedor entregar al consumidor el comprobante en el que conste los datos específicos de la compraventa, servicio prestado u operación realizada, la normativa no señala que ante su omisión el producto o servicio deberá ser gratis.
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No obstante, de no atender este deber, los afectados pueden quejarse ante la Procuraduría Federal del Consumidor, quien una vez seguido el procedimiento administrativo correspondiente, podrá imponer una multa que va desde los $965.49 a $ 3,776,174.62, en términos del precepto 128 de la LFPC.
En conclusión, ofrecer la cuenta gratis por la falta de entrega del ticket es una compensación que queda a discreción de cada establecimiento, mas no una obligación legal.