El pasado 10 de enero de 2023, se publicaron en el DOF los valores de la UMA diaria que estarán vigentes a partir del 1o. de febrero de 2023, misma que será de $ 103.74.
Como consecuencia los límites de efectivo previstos en el artículo 32 de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI) se elevaron.
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Así, la transmisión de derechos reales sobre bienes inmuebles, ahora tendrá un rango más amplio para su liquidación en efectivo, porque el umbral de 8,025 veces la UMA previsto por la ley, ahora equivaldrá a $ 832,513.50.
Conforme al precepto 42 del Reglamento de la LFPIORPI, las restricciones en efectivo también serán aplicables cuando se:
- pague la operación en una o más exhibiciones, o
- finiquiten un conjunto de actos u operaciones, y una sola persona aporte recursos para tal efecto
Finalmente, los interesados deberán considerar que las limitaciones en efectivo no solo son aplicables para quién liquida el acto, sino también para quien lo acepta; por lo que de rebasarlas, el SAT podrá imponer una multa de entre 10,000 a 65,000 veces la UMA ( $ 1,037,400.00 a $ 6,743,100.00 para 2023), en términos de los dispositivos 53 y 54 de la LFPIORPI.