Momento en que se debe dar de baja del portal antilavado

Dicha solicitud surtirá efectos a partir de la fecha en que sea presentada

Hace más de un año que deje de arrendar mis inmuebles, por lo que ya no percibo ingresos por esa actividad vulnerable, 

puedo darme de baja en el portal



En términos del artículo 12 del Reglamento de la LFPIORPI, las personas que se hayan dado de alta en el Portal de Prevención de Lavado de Dinero, (SPPLD) y que ya no realicen actividades vulnerables, deberán solicitar su baja del padrón conforme al formato disponible en el mismo portal.

Dicha solicitud surtirá efectos a partir de la fecha en que sea presentada; de lo contrario, deberá continuar presentando informes en cero, incluso si ya no realiza operaciones vulnerables.