Inai declaró que el IMSS no puede negar expediente a familiares de fallecida

La persona solicitante señaló que se le está negando el acceso a datos personales relacionados con el deceso de su hija

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 .  (Foto: Canva, Diseño elaborado en Canva con elementos de creativesignature de pixabay y Atiq de Muhammad Atiq)

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y  Protección de Datos Personales (Inai) instruyó al Instituto Mexicano  del Seguro Social (IMSS) entregar a una persona copia del expediente  de reclamación por responsabilidad patrimonial del Estado a la familiar de una paciente fallecida, que denunciaba negligencia médica en el parto

A detalle, la  persona solicitante se inconformó y presentó un recurso de revisión ante el Inai, debido a que el IMSS le  negó el acceso al expediente de reclamación, argumentando que éste es exhibido como prueba en el juicio  de nulidad, tramitado por la propia solicitante ante la Sala Regional del Tribunal Federal de Justicia  Administrativa, luego de que la resolución de la dependencia, emitida en junio de 2023, no fue a su favor. 

Entre otras cuestiones, la persona solicitante señaló que se le está negando el acceso a datos personales  relacionados con el deceso de su hija y que, sin dicho expediente, no puede continuar con diversos procesos  y trámites legales para lograr una indemnización por parte del IMSS


En alegatos, el IMSS reiteró que no podía otorgar el documento; sin embargo, en el análisis del caso, a cargo  de la Comisionada Norma Julieta del Río, se determinó, en primer lugar, que el hecho de que la persona  recurrente conozca el expediente de responsabilidad patrimonial en cuestión no afecta el proceso  administrativo judicial en trámite. 

Se constató que el procedimiento administrativo de responsabilidad patrimonial, número 109/2018, ya  concluyó y las constancias generadas son ajenas al juicio de nulidad, el cual se sustancia ante otra autoridad,  por lo tanto, proporcionar el expediente no dejaría en desventaja procesal al IMSS ni otorgaría ventaja alguna  a la persona demandante. 


Por lo expuesto, se concluyó que es procedente la entrega de la documentación, de manera gratuita, como  lo solicitó la persona, pues, de requerirle el pago de la reproducción, se obstaculizaría la entrega del  expediente y, con ello, el acceso a una justicia pronta y expedita.  

Así, el Pleno del Inai revocó la respuesta del IMSS y le instruyó proporcionar a la persona solicitante, de  manera íntegra y gratuita, el expediente de reclamación por responsabilidad patrimonial del Estado, número  109/2018.