Nuestra empresa tiene 100 acciones, valoradas cada una en 1,000.00 pesos. Un socio busca retirar sus acciones y desea entender si el valor de estas aumenta debido a las utilidades a que tiene derecho,
podrían asesorarnos al respecto
La Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM) se centra exclusivamente en el valor nominal de las acciones; sin embargo, en la práctica, se reconocen tres valores distintos:
valor nominal: resulta de dividir el capital social entre el número de acciones. Todas las acciones deberán tener el mismo valor nominal, el cual será indicado en el texto del título accionario. Los estatutos pueden omitir este valor en ciertos casos (arts. 112 y 125, fracc. IV, LGSM)
valor contable: representa el valor real de la acción como activo de la sociedad, reflejado en la contabilidad y estados financieros, y
valor comercial: es el precio al cual la acción se negocia en el mercado
Es esencial distinguir entre el valor nominal y los beneficios derivados de las utilidades. En este caso, el valor nominal de las acciones permanecerá en $1,000.00 cada una, ya que, conforme a la LGSM, el valor nominal no se ve afectado directamente por las utilidades.