Renovación anual en el SIEM

Procedimientos y requisitos vinculados al registro en el Sistema de Información Empresarial Mexicano

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 .  (Foto: Canva, Diseño elaborado en Canva con elementos de ruslannesterenko de bsd studio y SCY de pixabay)

Todas las personas, ya sean físicas o morales, involucradas en el comercio o a la industria, deben registrarse en el Sistema de Información Empresarial Mexicano (SIEM). Este sistema, a cargo de la Secretaría de Economía, recopila información de las actividades de los comerciales.

Conforme a los artículos 30 y 31 de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones (LCEC), el registro debe realizarse en los dos meses siguientes a la inscripción del comerciante ante el SAT, y tiene una vigencia anual. Por lo tanto, es necesario renovarlo en los primeros dos meses de cada año. Además, cualquier cambio en el giro, domicilio, o cese parcial o total de las actividades debe notificarse al SIEM.

El proceso de registro puede llevarse a cabo de manera presencial, acudiendo a la cámara empresarial correspondiente al giro y región del comerciante, o en línea a través del sitio web “SIEM Digital”.

Tarifas de inscripción y renovación

Los costos de inscripción o renovación, según el “Acuerdo por el que se autoriza el monto máximo de las tarifas que las cámaras podrán cobrar por concepto del SIEM”, varían según el sector y número de empleados, detallados a continuación:

  • giro comercial:
    • hasta dos empleados: $ 100.00
    • tres empleados: $ 300.00, y
    • cuatro o más empleados: $ 640.00
  • giro industrial:
    • hasta dos empleados: $ 150.00
    • tres a cinco empleados: $ 350.00, y
    • seis o más empleados: $ 670.00

Libertad de afiliación

Los requisitos para obtener el registro incluyen proporcionar datos generales, información de contacto del establecimiento, un perfil general de la empresa, y la posible afiliación del comerciante a una cámara. No obstante, es fundamental destacar que la afiliación a las cámaras no es obligatoria, brindando a los interesados la libertad de decidir unirse o no.

Sanciones

En caso de incumplimiento, la SE puede imponer multas que oscilan entre 200 a 600 veces la UMA ($ 21,714.00 a $ 65,142.00 para 2024).

Comentarios finales

La inscripción en el SIEM es obligatoria para quienes se dedican al comercio o la industria en México. Por ello, se insta a los lectores a mantenerse al tanto de los plazos establecidos y actualizar sus datos para evitar posibles multas.