La inversión extranjera en México está regulada por la Ley de Inversión Extranjera (LIE), la cual establece las condiciones y limitaciones para la participación de inversores extranjeros en diversas actividades económicas en el país.
Permisos y limitaciones
De acuerdo con la LIE, los inversionistas extranjeros pueden participar en diversas actividades económicas en México, como la adquisición de activos fijos, la apertura de nuevos negocios, la ampliación de establecimientos existentes, entre otras, siempre y cuando cumplan con las disposiciones establecidas en la ley.
Sin embargo, existen ciertas actividades reservadas exclusivamente al Estado, así como otras en las que se limita el porcentaje de participación extranjera, según lo establecido en los artículos 5, 6 y 7 de la LIE. Estas actividades incluyen la explotación de recursos naturales como el petróleo, la generación de energía nuclear, los servicios de telecomunicaciones y la emisión de moneda, entre otros.
Inscripción y obligaciones
El artículo 32 de la LIE establece que las personas extranjeras o mexicanas con otra nacionalidad que participen en actividades económicas sujetas a inversión extranjera deben inscribirse en el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras (RNIE), y cumplir con ciertos avisos y obligaciones ante la Secretaría de Economía (SE) de manera periódica.
Entre estas obligaciones se encuentra la presentación de un informe económico anual y avisos trimestrales, en los cuales se debe proporcionar información financiera y actualizada sobre la actividad económica realizada en el país.
Informe Económico Anual
Lo presentan personas físicas y morales extranjeras, mexicanos con otra nacionalidad y domicilio fuera del país, sociedades mexicanas participantes, incluyendo fideicomisos con inversión extranjera o mexicanos con otra nacionalidad y domicilio fuera del país, así como inversión neutra.
Condición para presentar el informe
La presentación es obligatoria si durante el ejercicio fiscal la entidad tuvo activos o pasivos totales e ingresos o egresos en el país o en el extranjero, que superen los 110 millones de pesos en términos de la Resolución General por la que se fijan los montos relativos a la actualización de la información y renovación de constancia de inscripción ante el RNIE a que se refieren los numerales 38, 41, 43 y 50 del Reglamento de la LIE (RLIE).
Plazo para presentación
La fecha dependerá de la primera letra del nombre, denominación o razón social del obligado:
letra A a J: durante abril.
letra K a Z o si la denominación inicia con número: durante mayo.
Documentos requeridos
Al presentar el informe económico, se deben anexar los siguientes documentos:
Estado de situación financiera
estado de resultados
estado de variación al capital
estado de flujos de efectivo
documentación sobre deudores o acreedores si los montos en cuentas por cobrar o por pagar a partes relacionadas en el exterior que superan los $20’000,000, y
listado de empresas consolidadas, si la empresa reporta información financiera consolidada del grupo corporativo al que pertenece
Aviso Trimestral de Actualización
De acuerdo con el numeral 38 del RLIE, están obligados a presentar el aviso trimestral aquellos que experimenten cambios en su denominación, domicilio fiscal o variaciones en su capital.
Supuestos para informar
El aviso trimestral debe presentarse si se producen modificaciones en:
nombre, domicilio o razón social
domicilio fiscal, y
actividad económica
También se debe informar sobre variaciones superiores a 20 millones en:
capital social
estructura accionaria
ingresos o egresos derivados de:
aportaciones y reservas
obtención o disposición de utilidades del último ejercicio fiscal
préstamos por pagar o cobrar a subsidiarias o inversionistas extranjeros residentes en el exterior
Fecha de presentación
El aviso debe presentarse dentro de los 10 días hábiles siguientes al cierre de cada trimestre, considerando que estos corresponden a:
enero a marzo.
abril a junio.
julio a septiembre.
octubre a diciembre.
El plazo se cuenta a partir de la fecha en que se realice el acto. En seste sentido según lo establecido en la Resolución General lque regula los supuestos legales para la inscripción, presentación de avisos y cancelación de inscripción ante el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras (RNIE) indica las fechas relevantes según el tipo de acto:
fecha de protocolización: aplicable en casos de cambios en nombre, domicilio, denominación social, así como en variación o compra de acciones del capital fijo
fecha de celebración del contrato o asamblea: se utiliza en situaciones de variación o adquisición de acciones del capital variable, y
fecha en que se da aviso del cambio ante el SAT: utilizada cuando se modifica el domicilio fiscal o la actividad económica de la entidad
Documentos requeridos
Al presentar el aviso trimestral, se deben anexar los siguientes documentos:
copia del documento que evidencie el movimiento en capital social
información sobre fideicomisos de acciones en caso de participación como accionista
documentación que respalde la fuente de financiamiento en caso de aumentos pagados en especie o por capitalización
detalles de deudores y/o acreedores si los montos superan los $110’000,000 en cuentas por cobrar o por pagar a partes relacionadas en el exterior
registro de aportaciones o retiros de cada socio si se reportan montos distintos a cero en aportaciones para futuros aumentos de capital, y
estados financieros básicos conforme a las Normas de Información Financiera vigentes (estado de situación financiera, estado de resultados, estado de variación al capital y estado de flujos de efectivo)
Procedimientos y Sanciones en el RNIE
Lugar y Modalidades de Trámite
El trámite puede ser presencial ante las oficinas de la SE, o bien, en línea: a través del sitio web https://rnie.economia.gob.mx.
Presentación de Información
Cualquier individuo puede presentarla en ventanilla, pero la información debe ser firmada por representante legal, delegado fiduciario, fedatario público o autorizado.
Sanciones por Incumplimiento
La SE puede imponer multas de 30 a 100 veces la UMA diaria ($ 3,257.10 a $10,857.00 para 2024) por omisión o presentación extemporánea de avisos o informes, según lo indica el artículo 38, fracción IV de la LIE.
Comentarios finales
Es primordial que las empresas con inversión extranjera no olviden la relevancia de cumplir con la obligación de presentar el informe económico anual y el aviso trimestral ante el RNIE. Atendiendo los requisitos y plazos mencionados en esta nota, se previenen posibles sanciones por incumplimiento.