Vínculos jurídicos en el subarrendamiento

El subarrendamiento implica una compleja red de vínculos jurídicos que varían según la autorización y conocimiento del arrendador

SUBARRENDAMIENTO. VÍNCULOS JURÍDICOS. Para entender la relación jurídica que existe entre las partes del contrato de subarrendamiento es necesario considerar tres hipótesis: 1. Cuando no existe autorización expresa del arrendador para subarrendar el inmueble, es inexistente un vínculo jurídico que obligue al arrendador con el subarrendatario. 2. Cuando el arrendador hace una autorización general para que el inmueble objeto del contrato sea subarrendado, subsiste la responsabilidad del arrendatario frente al arrendador. En este caso, pueden darse dos supuestos: a) cuando existe autorización general para subarrendar y el arrendador está enterado del subarrendamiento, caso en que el arrendatario sigue respondiendo por las obligaciones económicas contraídas con el arrendador (pago de renta, deterioro del inmueble, etcétera) pero no por la posesión del inmueble, pues de ésta responde el subarrendatario y b) cuando existe autorización general para subarrendar, pero el arrendador no está enterado del subarrendamiento, ello no origina la nulidad del subarriendo, sino la obligación solidaria del arrendatario y subarrendatario frente al arrendador y, 3. Cuando el arrendador hace una autorización específica, y participa activamente en el contrato de subarriendo opera la subrogación; cuando ésta es total, se extingue la relación primitiva entre el arrendador y el arrendatario, para ser sustituida por la nueva relación jurídica que se establece entre el arrendador y el subarrendatario; pero, cuando la subrogación es parcial, no se extingue la relación primitiva, de modo que subsiste el vínculo jurídico entre todos los intervinientes en lo que cada uno se haya obligado.

CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

Amparo directo 439/2008. Pablo González González. 10 de julio de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: Francisco J. Sandoval López. Secretaria: María Elena Corral Goyeneche.

Registro digital: 168763