Vivo en la Ciudad de México y encontré propaganda electoral pegada en la barda de mi casa. Estoy considerando retirarla, pero un vecino me advirtió que podría ser ilegal y resultar en una multa
esto es cierto
De acuerdo con los artículos 403 y 404 del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México, se permite colocar propaganda electoral en:
elementos del equipamiento urbano, bastidores y mamparas siempre que no se dañe el equipamiento, se impida la visibilidad de conductores de vehículos, se impida la circulación de peatones, o ponga en riesgo la integridad física de las personas
en inmuebles privados, con un permiso escrito del propietario al partido político o candidato inscrito ante el consejo distrital correspondiente, y
lugares de uso común que determinen los consejos distritales
Queda estrictamente prohibido colocar propaganda en:
elementos carreteros o ferroviarios
monumentos históricos, arqueológicos, artísticos o construcciones de valor cultural
árboles o arbustos, y
exterior de edificios públicos
Ahora bien, el código no prohíbe a los ciudadanos retirar la propaganda electoral, pero establece que deben informar a la autoridad electoral para que ordene al partido político retirarla en un plazo de 24 horas, de lo contrario notificará a las alcaldías para que la retiren e impongan la multa correspondiente.
No obstante, para los servidores públicos, el artículo 359 del Código Penal para la Ciudad de México considera como delito destruir, borrar o retirar propaganda de un candidato o partido durante el proceso electoral, castigado con seis meses a un año de prisión o de 100 a 300 días multa.
En conclusión, como ciudadano puede retirar la propaganda política, especialmente si está en su propiedad privada sin su autorización, aunque se recomienda informar a las autoridades competentes para que sancionen al partido político o candidato por violar normas electorales.