IMSS obligado a entregar historial laboral: INAI

Todas las personas tienen derecho a conocer información sobre su vida laboral

Los derechohabientes del IMSS tienen derecho a solicitar su información.
 Los derechohabientes del IMSS tienen derecho a solicitar su información.  (Foto: Ilustraciones de Vectorium, iconsy, Eucalyp de amethyststudio, Viktor Morozuk, Jaruka y Razeta Studio editadas en Canva.)

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) instruyó al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) compartir toda la información referente al historial laboral de una persona derechohabiente luego de que se le negara la misma.

En el comunicado INAI/110/2024, fechado al 7 de agosto de 2024, el Instituto enfatizó en que conocer o corregir temas relacionados a las semanas cotizadas, el historial laboral o las pensiones es un derecho de todas las personas, por ello requirió al IMSS hacer lo propio luego de que este se negara a compartir datos sobre eso.

De acuerdo con el expediente “RRD 1598/24” del INAI, una persona solicitó al IMSS la copia certificada de su historial laboral, documento en el cual pidió se especificara el nombre de las empresas en las que trabajó, el registro patronal, las fechas de altas y bajas, sus salarios, así como las hojas rosas y el total de semanas cotizadas que tenía, no obstante, el Instituto no lo hizo.

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INAI ordenó a IMSS entregar historial laboral

La razón que dio el IMSS para no compartir la información requerida por la persona derechohabiente fue porque señaló, al consultar en sus bases de datos la Clave Única de Registro de Población (CURP) del sujeto interesado, se encontró que esta estaba relacionada con otro Número de Seguridad Social (NSS).

Aunado a lo anterior, el Instituto de salud explicó que por dicha diferencia no se tenía certeza jurídica respecto a que la información requerida perteneciera a la persona solicitante, y por ende solicitó la presentación del interesado a la subdelegación para así realizar el trámite de “regularización y/o corrección de datos personales del asegurado”.

Tras dicha respuesta, el solicitante consideró que el Instituto Mexicano del Seguro Social negó el acceso a sus datos personales, por lo que pidió al INAI interceder en el asunto; fue entonces que la comisión de dicho Instituto resolvió que “no hay certeza del criterio de búsqueda de la información utilizado por el IMSS” sobre la inconsistencia detectada en la CURP”.

En ese sentido, la Comisionada del INAI, Norma Julieta del Río Venegas mencionó reiteró que conocer información sobre las semanas cotizadas, el historial o antigüedad laboral, e incluso la resolución de un trámite de pensión, “es un derecho que tenemos” en México, por lo que se instruyó al IMSS que cuenta con elementos para constatar la titularidad de los datos.

Finalmente, el Instituto Nacional de Transparencia revocó la respuesta del IMSS y le ordenó realizar una nueva búsqueda de los datos personales solicitados para así compartirlos a la persona interesada.

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