Adquirí mi casa a través de un programa social de la CDMX la rento a través de Airbnb. Mi contador me comentó que esto ya no sería posible debido a una prohibición reciente sobre la oferta de inmuebles en estas aplicaciones
Es esto cierto
Sí, es cierto. El 3 de octubre de 2024, se publicó una reforma la Ley de Vivienda (LV), que prohíbe explícitamente el uso de viviendas de interés social, de carácter popular y sustentable para fines turísticos, como el alquiler a corto plazo a través de plataformas digitales.
Para determinar si su inmueble está sujeto a esta prohibición, es importante considerar la definiciones de vivienda que establece el artículo 5, fracciones LV LVI y LX de la LV:
- vivienda de interés social : aquella con precio máximo de venta al público de 6,000 veces la UMA
- vivienda de interés popular: aquella con precio de venta de 10,800 veces la UMA, y
- vivienda sustentable: aquella con precio de venta máximo de 17,314 veces la UMA
Por lo tanto, si su casa fue adquirida a través de un programa social y se clasifica como vivienda de interés social, popular o sustentable, ya no podrá rentarla a corto plazo a través de plataformas digitales.