Publican cambios relevantes a la Ley de Amparo

Publican cambios relevantes a la Ley de Amparo

Se reformó la Ley de Amparo para alinearse con la modificación al poder judicial. Conozca los cambios clave
El 13 de marzo de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto por el que se reforman y derogan diversas disposiciones de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Esta reforma entra en vigor el mismo 14 de marzo de 2025, y deriva de la modificación constitucional en materia del poder judicial de la federación, aprobada el 15 de septiembre de 2024, que transformó la elección de jueces, magistrados y ministros y reestructuró el sistema judicial en México.
La reforma constitucional de septiembre de 2024 modificó la forma en que se eligen jueces, magistrados y ministros del poder judicial de la federación, estableciendo el voto popular como mecanismo de elección. Además, redujo el número de ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de 11 a nueve.
Asimismo, se extingue el Consejo de la Judicatura Federal, cuyas funciones se dividieron en dos nuevos órganos:
Tribunal de Disciplina Judicial: encargado de investigar y sancionar a servidores públicos del poder judicial
Órgano de Administración Judicial: responsable de gestionar los recursos y la carrera judicial
El artículo octavo transitorio de la reforma estableció un plazo de 90 días para realizar las adecuaciones necesarias en las leyes federales. Como parte de este proceso, la Ley de Amparo ha sido actualizada con los siguientes cambios.
Se sustituyen las referencias al Código Federal de Procedimientos Civiles por el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares para alinearse con la legislación vigente.
Los artículos que hacían referencia al Consejo de la Judicatura Federal han sido modificados para indicar los nuevos órganos como el Tribunal de Disciplina Judicial y el Órgano de Administración Judicial.
Se derogan las normas relativas al funcionamiento de las Salas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ya que según artículo 94 constitucional, operará exclusivamente en pleno.
El número de votos necesarios para la jurisprudencia por precedente o para la declaración de inconstitucionalidad de una norma general se modifica de ocho a seis votos.
Todas las disposiciones que hacían referencia a la antigua denominación del Distrito Federal han sido actualizadas para emplear el término Ciudad de México.
Se realizan ajustes en la redacción de la ley para incorporar un lenguaje incluyente y garantizar una mayor representatividad.
Para dar cumplimiento a la reforma de desindexación del salario mínimo publicada en 2016, se sustituye el término salario mínimo por Unidad de Medida y Actualización (UMA).
En los juicios de amparo que resuelvan la inconstitucionalidad de normas generales, las sentencias no tendrán efectos generales, conforme a lo establecido en la Constitución.
Esta reforma busca adecuar el marco normativo a los cambios estructurales del poder judicial, alineándose con la nueva forma de elección de ministros, magistrados y jueces, así como con la desaparición del Consejo de la Judicatura Federal y mejora la claridad en la terminología legal.