¿Qué asumió la Secretaría Anticorrupción tras la
desaparición del INAI?

¿Qué asumió la Secretaría Anticorrupción tras la
desaparición del INAI?

Tras la desaparición del INAI, la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno quedó a cargo de la protección de datos personales. Conoce los cambios clave establecidos en la nueva ley
Tras la reforma constitucional de 2024, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) dejó de existir como organismo constitucional autónomo. A partir de ahí, todas sus funciones relacionadas con la protección de datos personales pasaron a estar en manos de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
No fue hasta el 20 de marzo de 2025, con la publicación de la nueva Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP), que precisaron las facultades de dicha Secretaría en este ámbito.
A continuación, se exponen los principales cambios detallando las funciones que se conservan y aquellas que dejaron de contemplarse, en comparación con las que anteriormente desempeñaba el INAI.
En términos generales, sí. La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno asumió casi todas las funciones del INAI en materia de protección de datos personales. Es decir, sigue siendo la autoridad que supervisa que se cumpla la LFPDPPP, que se informe a los usuarios sobre sus derechos y que actúe en caso de incumplimientos.
Pero hay dos diferencias importantes que marcan un cambio en el enfoque del nuevo modelo institucional.
Uno de los cambios más notorios es que ahora ya no se presentará un informe anual ante el Congreso de la Unión.
Esto tiene lógica ya que el INAI era un organismo autónomo, por lo que no dependía de ningún poder y tenía que rendir cuentas directamente al legislativo. En cambio, la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno forma parte del poder ejecutivo, así que esa obligación desaparece.
No obstante, esto puede generar dudas sobre la transparencia y el nivel de control al que estará sujeta la nueva Secretaría.
Antes, el INAI no solo difundía información sobre derechos y obligaciones, también tenía la facultad de hacer investigaciones, estudios y análisis, lo cual ayudaba a mejorar el tratamiento de datos personales, generar buenas prácticas.
Con la nueva ley, esta parte desaparece. La nueva Secretaría ya no cuenta con esa atribución. Ahora su función se limita a difundir las obligaciones legales y ofrecer capacitaciones para que las personas y las empresas cumplan con la norma.
Este aspecto es importante porque tanto la LFPDPPP abrogada como la nueva presentan rezagos en materia de protección de datos, especialmente si se comparan con las regulaciones de otros países. Lo que ayudaba a compensar esas deficiencias eran los lineamientos y buenas prácticas que generaba el INAI a través de investigaciones, análisis técnicos y desarrollo de criterios; es decir, al menos existía ese esfuerzo por llenar los vacíos y avanzar desde lo institucional.
Ahora, la Secretaría solo se encargará de difundir el contenido de la ley y promover su cumplimiento, sin mecanismos para fortalecer o evolucionar el sistema institucional de privacidad de los datos personales.
Otro cambio importante es que se elimina el modelo de corregulación que existía antes, donde otras dependencias, como la Secretaría de Economía (SE), también tenían un papel en la aplicación de la ley como “autoridades reguladoras”. Bajo la ley anterior, por ejemplo, la Secretaría de Economía podía:
promover buenas prácticas comerciales
divulgar obligaciones legales entre empresas, o
celebrar convenios con cámaras de comercio, asociaciones y organismos empresariales para el resguardo de la información personal
Todo eso desaparece con la nueva ley. Ya no se contemplan figuras de autoridad compartida, ni se reconoce a la SE como un actor activo en la protección de datos personales.
Este cambio, si bien relevante, no resulta del todo sorpresivo, porque en la práctica la participación de la SE en estas tareas fue limitada o prácticamente nula. El modelo de corregulación, más que una realidad operativa, se mantenía como una disposición formal sin mayor impacto efectivo.
Con estos cambios, el sistema de protección de datos personales en México entra en una nueva etapa, con una estructura distinta. Si bien persisten dudas sobre la pérdida de autonomía y capacidades técnicas, será en la práctica donde se evalúe si el nuevo modelo institucional logra garantizar de forma efectiva los derechos de las personas en materia de privacidad y tratamiento de su información.
En la nuestra revista digital número 576 de fecha 15 de abril de 2025 se podrá consultar en el tema Adiós al INAI: ¿Qué implica?, el análisis completo de esta legislación y el impacto que tendrá entre los particulares. Recuerde que el acceso al contenido de la revista digital es exclusivo para nuestros suscriptores. Si usted aún no es suscriptor puede suscribirse aquí y ser parte de nuestra comunidad y disfrutar de todos los beneficios que ofrecemos.