Lineamientos para aplicar la ley MASC ya fueron publicados

Estas disposiciones detallan los procesos de capacitación, supervisión y uso de plataformas para fortalecer métodos alternativos de solución de controversias
El 20 de junio de 2025, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el Aviso mediante el cual se informa de la publicación en la página web del Consejo de la Judicatura Federal de los Lineamientos emitidos por el Consejo Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias, aprobados en su sesión ordinaria del 24 de febrero de 2025.
Estos lineamientos contienen disposiciones técnicas y operativas necesarias para que la Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias (LGMASC) se aplique de forma ordenada, uniforme y eficaz en todo el país.
Su función principal es definir las reglas para la formación, el registro, la supervisión y el desempeño de las personas facilitadoras, así como establecer criterios claros para el manejo de los registros y convenios que se generen mediante mecanismos alternativos de solución de controversias.
El 15 de febrero de 2024 se publicó en el DOF la LGMASC, que entró en vigor al día siguiente. Esta ley, promueve el uso de métodos como la negociación, la negociación colaborativa, la mediación y la conciliación, los cuales permiten resolver conflictos sin necesidad de recurrir a juicios largos y costosos.
De acuerdo con la LGMASC, las personas facilitadoras son figuras fundamentales dentro de estos mecanismos. Se trata de profesionales imparciales, debidamente certificados y capacitados, encargados de conducir las sesiones de mediación o conciliación, crear condiciones de diálogo y guiar a las partes para que lleguen a acuerdos justos y voluntarios.
Para dar cumplimiento a la LGMASC y sus disposiciones transitorias, se emitieron los siguientes lineamientos, que precisan los aspectos operativos para garantizar la calidad y la seguridad jurídica de los procedimientos alternativos de solución de controversias:
de capacitación para la formación, actualización y especialización de personas facilitadoras: detallan los contenidos mínimos, criterios de evaluación y estándares de calidad que deben seguir los programas de capacitación para asegurar un desempeño profesional, ético y actualizado
de creación de la Plataforma Nacional de Personas Facilitadoras: regulan la operación de un sistema electrónico centralizado que permitirá registrar, organizar y supervisar a todas las personas facilitadoras autorizadas en el país, fomentando la transparencia y la confianza en su actuación
de creación, actualización y mantenimiento de los sistemas de convenios: establecen cómo deben documentarse, resguardarse y mantenerse disponibles los convenios celebrados mediante mecanismos alternativos
para la evaluación, certificación, renovación, suspensión y revocación de personas facilitadoras: precisan los procedimientos para otorgar, renovar, suspender o revocar la certificación de los facilitadores
bases para invitación y participación de profesionistas, académicos y especialistas: contemplan la forma en que se integrarán expertos y académicos en las sesiones del Consejo Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias, y
Reglamento Interno del Consejo Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias: regula la estructura interna, atribuciones y funcionamiento del Consejo Nacional, órgano colegiado responsable de coordinar y definir las políticas en esta materia
Los lineamientos están disponibles para su consulta en la página oficial del Consejo de la Judicatura Federal.