Cédula profesional ya no es identificación oficial
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La cédula pierde validez como identificación oficial: qué publicó el DOF, el nuevo rol de la CURP y cómo afecta tus trámites profesionales desde hoy
El 17 de febrero de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación un aviso mediante el cual la Dirección General de Profesiones modificó el estándar oficial de la cédula profesional electrónica. Aunque el documento puede parecer técnico, introduce una aclaración relevante: la cédula profesional, ya sea física o electrónica, deja de considerarse un medio de identificación oficial.
Esta modificación no elimina la validez de la cédula ni afecta el derecho de las personas a ejercer su profesión. Su finalidad principal es delimitar con mayor precisión el alcance jurídico del documento y alinearlo con la política gubernamental de identidad digital basada en la CURP.
Uno de los puntos centrales del aviso consiste en distinguir entre dos conceptos que frecuentemente se confundían en la práctica: identidad personal y acreditación profesional.
La cédula profesional seguirá funcionando como la patente que acredita que una persona cuenta con un título registrado y está autorizada para ejercer una actividad profesional. Sin embargo, el nuevo numeral adicionado señala expresamente que este documento no constituye una identificación oficial.
Esto implica que la cédula ya no debe utilizarse como sustituto de otros documentos destinados a acreditar la identidad, como la credencial para votar o el pasaporte. La intención es evitar interpretaciones extensivas que, durante años, llevaron a que algunas autoridades o particulares aceptaran la cédula como identificación personal.
El aviso también se vincula con una tendencia más amplia dentro del sistema administrativo mexicano: consolidar a la CURP como la fuente única de identidad. Conforme a la Ley General de Población, cuando la CURP incorpore elementos biométricos como fotografía y huellas dactilares, podrá funcionar como un documento de identificación de aceptación universal.
En este contexto, la Secretaría de Educación Pública consideró necesario ajustar el estándar de la cédula profesional electrónica para evitar duplicidades en materia de identificación. Así, la cédula conserva su naturaleza académica y profesional, mientras que la identidad oficial se centraliza en otros instrumentos.
El nuevo numeral agregado al aviso establece que las autoridades deberán adoptar las medidas necesarias para cumplir con esta disposición. En términos prácticos, esto significa que dependencias públicas y entidades privadas tendrán que revisar sus procesos para dejar de solicitar la cédula profesional como medio de identificación oficial.
Para profesionistas y estudiantes, el impacto será principalmente operativo. La cédula seguirá siendo necesaria para demostrar la habilitación profesional, pero no sustituirá documentos de identidad en trámites administrativos, financieros o legales.