A través de los años, la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) ha suscrito diversos convenios de colaboración con instituciones públicas, entre ellas la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), fiscalías estatales y, el pasado 1 de junio de 2026, con la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM).
Aunque estos acuerdos se anuncian como instrumentos de intercambio de información, forman parte de una estrategia más amplia para fortalecer la prevención y el combate de operaciones con recursos de procedencia ilícita, financiamiento al terrorismo, contrabando y otros delitos relacionados.
¿Qué son los convenios de colaboración de la UIF?
Los convenios de colaboración son instrumentos jurídicos mediante los cuales la UIF y otras autoridades establecen mecanismos de coordinación para intercambiar información, desarrollar capacidades técnicas, realizar análisis conjuntos y fortalecer acciones de prevención e inteligencia financiera.
Estos acuerdos no crean nuevas facultades para las instituciones participantes, sino que permiten ejercer de manera coordinada las atribuciones que ya les confieren las leyes aplicables.
Un ejemplo de ello, fue el convenio firmado entre la UIF y la Secretaría de Energía (Sener) en 2020, donde estableció bases para compartir información y documentación relacionada con las funciones de ambas dependencias, crear grupos de trabajo y definir procedimientos para la transmisión segura de datos.
¿Cuál es el fundamento legal de estos acuerdos?
La facultad de la UIF para celebrar convenios de colaboración deriva del artículo 15 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Entre sus atribuciones se encuentran:
- prevenir y detectar operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo
- recibir y analizar información financiera
- intercambiar información con autoridades nacionales y extranjeras
- fungir como enlace de la SHCP con dependencias y entidades de los distintos órdenes de gobierno
- celebrar convenios y otros instrumentos jurídicos para el cumplimiento de sus funciones
¿Qué información puede intercambiar la UIF?
Dependiendo de la institución con la que se suscriba el convenio, la información puede incluir:
- reportes de operaciones financieras
- avisos de actividades vulnerables
- información administrativa
- bases de datos institucionales
Sin embargo, estos acuerdos también establecen obligaciones de confidencialidad, protección de datos personales y restricciones sobre el uso de la información compartida.
¿Qué establece el nuevo convenio entre la UIF y la ANAM?
El convenio más reciente fue suscrito entre la UIF y la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM), con el objetivo de establecer bases de coordinación para el intercambio y consulta de información estratégica que contribuya al ejercicio de las atribuciones de ambas instituciones, así como fortalecer las acciones de análisis, inteligencia y prevención relacionadas con operaciones con recursos de procedencia ilícita, contrabando y otras actividades ilícitas vinculadas con la entrada y salida de mercancías del territorio nacional.
Además, el acuerdo contempla la creación de grupos de trabajo especializados para fortalecer las capacidades analíticas y operativas de ambas instituciones.