La Comisión Nacional Antimonopolio (CNA) informó que sancionó con 59.6 millones de pesos a cuatro empresas y seis personas físicas por participar en prácticas de colusión durante licitaciones públicas para la adquisición de material utilizado para radiografías.
De acuerdo con el organismo, las conductas ocurrieron entre octubre de 2010 y diciembre de 2016 y consistieron en el intercambio de información sensible y la coordinación de estrategias de presentación de propuestas en procedimientos de contratación realizados por el IMSS e ISSSTE.
La colusión afectó compras públicas de insumos para radiografías
Mediante el Comunicado CNA-010-2026, la autoridad señaló que las empresas involucradas manipularon procesos de licitaciones públicas. Durante una entrevista con Imagen Radio, Andrea Marván, comisionada presidenta de la CNA, explicó que la investigación acreditó acuerdos entre competidores para alterar las condiciones de participación.
Además de las sanciones económicas, la investigación permitió estimar el impacto financiero que la conducta habría generado para las instituciones públicas de salud.
Según explicó Marván, el acuerdo entre competidores provocó que el gobierno pagara precios superiores a los que habrían prevalecido bajo condiciones normales de competencia.
“El daño que estas empresas generaron, es decir, el sobreprecio que pagó el erario por estos acuerdos ilegales, es de arriba de 400 millones de pesos. Entonces, no es menor”, señaló.
La funcionaria precisó que las multas impuestas corresponden a los parámetros previstos en la legislación aplicable al momento en que ocurrieron los hechos. Asimismo, explicó que para determinar las sanciones se consideran factores como la gravedad de la conducta, la duración de la práctica y la capacidad económica de los infractores.
Reforma permite inhabilitar a empresas coludidas en futuras licitaciones
La presidenta de la CNA recordó que la reforma a la Ley Federal de Competencia Económica publicada en 2025 fortaleció las herramientas sancionadoras disponibles para la autoridad.
Entre los cambios se encuentra el incremento del límite máximo de las multas por prácticas monopólicas absolutas, que pasó de 10% a 15% de los ingresos de las empresas responsables, así como nuevas medidas aplicables en procedimientos futuros.
En particular, el artículo 127, fracción XVI, de la Ley Federal de Competencia Económica establece la posibilidad de imponer inhabilitaciones temporales para participar en procedimientos de contratación pública por periodos que van de seis meses a cinco años.
“Ahora la Comisión Nacional Antimonopolio puede inhabilitar a las empresas que se coludan en este tipo de licitaciones públicas para que participen en licitaciones futuras”, mencionó.
Marván aclaró que dichas medidas no fueron aplicadas en este caso debido a que la investigación se relaciona con hechos ocurridos entre 2010 y 2016, por lo que el procedimiento debía resolverse conforme al marco legal vigente durante ese periodo.
La comisionada agregó que se mantienen abiertas otras investigaciones relacionadas con posibles prácticas anticompetitivas en contrataciones públicas de distintos sectores, entre ellos tecnologías de la información, material electoral e insumos para el sector salud.