Una de las principales deducciones que puedes considerar al presentar tu declaración anual es la relativa a los gastos médicos, concepto dentro del cual quedan comprendidos:
- honorarios médicos, dentales y a enfermeras. En este caso en el recibo de honorarios debe constar que quien presta el servicio cuenta con título profesional de médico o de cirujano dentista
- gastos hospitalarios
- gastos relativos a la compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente
- medicinas, siempre que estén incluidas en los documentos que expidan los hospitales. Es decir, no podrás deducir la compra de medicinas que efectúes en farmacias
- análisis y estudios clínicos
- prótesis, y
- lentes ópticos graduados para corregir defectos visuales, hasta por un monto que no exceda de $2,500.00 debiendo contar con la descripción de los lentes en el comprobante fiscal o con el diagnóstico de oftalmólogo u optometrista
Si los gastos de hospitalización o los honorarios fueron pagados a personas residentes en el extranjero, no podrás deducirlos.
Cabe mencionar que muchos de los rechazos de las devoluciones se debe a que se introducen como gastos médicos CFDI’s por compras de medicamentos, los cuales como se señaló solo son deducibles si se incluyen en el CFDI que expidan los hospitales o clínicas.