Guía de llenado del CFDI global

El SAT dio a conocer la guía de llenado sobre del CFDI global versión 3.3.

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 .  (Foto: Getty)

El pasado 30 de junio la autoridad publicó en su página la forma en que deberá expedirse  el CFDI global de público en general.

En la guía se establece que el CFDI global deberá expedirse a más tardar a las 72 horas siguientes al cierre de las operaciones que lo integran. Debe desglosarse en forma expresa y por separado el monto del IVA y del IESPS.

Para efectos del llenado debe observarse lo siguiente:

  • Forma de pago: Debe registrarse la clave de forma de pago con la que se liquidó el comprobante simplificado de mayor monto de entre los contenidos en el CFDI global. En este tipo de comprobantes no aplica la forma de pago “99 por definir”
  • Método de pago: Se refiere al  pago en una sola exhibición
  • Uso del CFDI: Debe registrarse la clave “P01” (por definir)
  • Clave del producto o servicio: Debe registrarse la clave 01010101 “No existe en el catalogo” 
  • Descripción: Venta.

  Con esto el SAT continúa dando información del CFDI versión 3.3 que incide en las operaciones de los contribuyentes.