¿Confirmación de datos en el CFDI 3.3?

Las modificaciones al CFDI continúan, ahora se excluyen algunos datos que debieran confirmarse

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En la versión 3.3. del CFDI se incluyó un nuevo campo denominado “confirmación”, el  cual es una  clave única e irrepetible que entrega el proveedor de certificación de CFDI o el SAT a los emisores (usuarios) de comprobantes con importes o tipo de cambio fuera del rango establecido, o en ambos casos.

Anteriormente en los catálogos del CFDI, se señalaba que tratándose  de operaciones de ingresos y  egresos debía solicitarse una confirmación, si tales operaciones superaban los 20 millones de pesos.

En días pasados estos importes fueron modificados en el catálogo indicándose un valor infinito, por lo cual ahora ya no se debería solicitarse ninguna confirmación por los CFDI.

No obstante, en la guía de llenado se estipula que “El uso de esta clave estará vigente únicamente a partir de que el SAT publique en su portal de Internet los procedimientos para generar la clave de confirmación y para parametrizar los montos y rangos máximos aplicables”

Con base en lo anterior, actualmente no es necesario incorporar ningún dato en dicho rubro, pero una vez que se establezcan los procedimientos, dichos datos deberán actualizarse por lo que los contribuyentes deberán  estar al pendiente para solicitarlos a su proveedor de facturas.

Cabe señalar que esto mismo aplica para el rubro del tipo de cambio.