Pago de lo indebido por importación

Requisitos para comprobar la información y con ello, solicitar la devolución del pago realizado

En septiembre del presente año la empresa para la que laboro, llevo a cabo la importación de mercancías causando cierto importe del IVA. Derivado de una auditoría interna nos percatamos que se había pagado de más, por lo que realizamos una rectificación en el pedimento aduanal. 

Qué podemos hacer para recuperar la demasía enterada al fisco federal por ese concepto


Por la cantidad enterada en exceso, procede solicitar su devolución como un pago de lo indebido, siempre y cuando no hubiere sido acreditada en términos del artículo 22 del CFF, ordenamiento de aplicación supletoria de conformidad con el artículo 1o. de la LIVA. 

La petición se hará mediante el formato electrónico de devoluciones (FED), disponible en el portal del SAT, junto con la documentación que señala la ficha 10/CFF “Solicitud de Devolución de saldos a favor del IVA” (regla 2.3.4., RMISC 2017).

En este caso se debe adjuntar el pedimento rectificado en el que se refleja la correcta información.