Con la finalidad de apoyar, impulsar y fortalecer la economía de las familias, los comercios e industrias de la CDMX, el gobierno de esta entidad otorga ciertas alternativas a los contribuyentes que puedan regularizarse y dar cumplimiento a sus obligaciones fiscales.
En la gaceta de la CDMX del 28 de febrero se publicó la Resolución de carácter general mediante la cual se condonan multas fiscales, así como recargos y gastos de ejecución ordinarios por la omisión de pago de los impuestos y derechos que se indican, en la cual se señala la condonación del 100% del pago de multas fiscales, recargos y gastos de ejecución ordinarios, pagando únicamente el crédito principal de la contribución omitida actualizada que en su caso exista, respecto de los siguientes:
- impuestos:
- sobre adquisición de inmuebles
- impuesto predial
- sobre espectáculos públicos
- sobre loterías, rifas, sorteos y concursos
- sobre nóminas
- sobre tenencia o uso de vehículos, e
- prestación de servicios de hospedaje
- derechos:
- por el suministro de agua
- descarga a la red de drenaje
- cargo de locatarios de mercados públicos (art. 264 del CFCDMX), y
- control vehicular (refrendo)
- multas por infracciones a las disposiciones fiscales distintas a las obligaciones de pago, y
- adeudos que derivan del ejercicio de las facultades de comprobación, determinación, control de obligaciones y cobro coactivo por parte de la subtesorería de fiscalización
Para la aplicación de estos estímulos tributarios se estará a lo siguiente:
- para efectos del impuesto sobre adquisición de inmuebles podrá ser aplicado a través del sistema cerrado de notarios o en cualquiera de las oficinas de administración tributaria de la CDMX
- por los derechos de suministro de agua y descarga a la red de drenaje, los contribuyentes podrán acudir a las oficinas del Sistema de Aguas de la Ciudad de México y alternativamente obtener una línea de captura en el portal www.sacmex.cdmx.gob.mx para el caso de derechos por el suministro de agua, y
- en los demás casos, los contribuyentes podrán obtener una línea de captura en el portal www.finanzas.cdmx.gob.mx y pagar a través de las auxiliares autorizadas por la Secretaría de Finanzas. Tratándose del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos, la condonación a que se refiere la presente resolución será aplicable a todos los vehículos con adeudos de los ejercicios fiscales 2012 y posteriores