Beneficios fiscales 2018 en Aguascalientes

Se publicaron diversos estímulos fiscales en esta entidad, verifique si es acreedor alguno de ellos

 .  (Foto: iStock)

Berenice Chávez

El gobierno del estado de Aguascalientes publicó en su periódico oficial del 29 de diciembre de 2017, los siguientes beneficios fiscales para 2018:

Beneficio

Descripción

Estímulo del impuesto sobre diversiones y espectáculos públicos

Reducción del 80 % del impuesto sobre diversiones y espectáculos públicos, así como de los recargos causados por la falta de pago oportuno y multas.

Para ser acreedores a este beneficio fiscal se deberá:

  • solicitar por escrito a la Secretaría de Finanzas del estado, dentro de los 60 días naturales posteriores al evento, y
  • acreditar el por qué de la realización del evento, mediante el contrato: en el que se le concede el uso de inmueble, en donde se realizará el espectáculo, o  de prestaciones de servicios del evento

Estímulo fiscal de canje de placas de circulación de los vehículos que se indican

Descuento del 100 % sobre los derechos por servicios de control vehicular del ejercicio 2018 para automóviles, camiones, camionetas, autobuses y remolques de uso particular u oficial, así como para motocicletas, bicimotos y triciclos  automotores.

Esta gracia fiscal es aplicable a los dueños de los vehículos mencionados que hubiesen  realizado el pago de derechos por servicios de control vehicular derivado del refrendo del registro anual de 2017

Estímulo fiscal del descuento del 100 % por concepto de Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículo Automotores y del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos Nuevos

Descuento del 100 % por concepto de Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos Automotores y del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos Nuevos y hasta nueve años, a los propietarios, tenedores o usuarios, de los vehículos interesados de inscribirlos en el padrón vehicular, aplicable para los ejercicios 2013, 2014 y 2015

Estímulo fiscal del impuesto sobre nóminas correspondiente a 2018

Subsidio del 25 % del impuesto sobre nóminas a cargo que le resulte a cargo del contribuyente, únicamente por aquellos trabajadores de nuevo ingreso durante el ejercicio 2018, en los siguientes casos:

  • que ostente la calidad de madres solteras
  • migrantes cuando su condición sea retornar al país de origen por un periodo de tres años a partir de la fecha en que fueron contratados 
  • trabajadores mayores de 60 años
  • quienes gocen su primer empleo por un año, y
  • personas con discapacidad

 


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