Cómo desvirtuar la determinación presuntiva

Para desvirtuarla son útiles los estados de cuenta que reflejen el traspaso de dinero entre cuentas bancarias

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 -  (Foto: Redacción)

Si la autoridad hacendaria realiza una determinación presuntiva de ingresos a un contribuyente por los depósitos en sus cuentas bancarias por no corresponder a registros en su contabilidad que está obligado a llevar en atención a lo previsto en el artículo 59, fracción III del CFF, y este la controvierte vía juicio de nulidad, haciendo valer que se trata de traspasos entre cuentas propias, tiene la carga de demostrar sus pretensiones en términos del numeral 81 del Código Federal de Procedimientos Civiles, pero ¿cómo debe de hacerlo?

DETERMINACIÓN PRESUNTIVA POR COTITULARIDAD

El particular para comprobar su dicho puede ofrecer las pruebas documentales consistentes en los estados de cuenta de cada una de las cuentas involucradas. Incluso, ofrecer la pericial contable para dilucidar:

  • que existe correspondencia entre las cantidades transferidas
  • el registro contablemente de dicha operación
  • que no se incrementó el patrimonio del pagador de impuestos

De esa manera se busca clarificar el panorama al Magistrado que estudia el asunto, a fin de aportar los elementos necesarios para desvirtuar la presuntiva del fisco federal.

En cuanto a los estados de cuenta se trata de documentos privados, que han de ser valorados con dicha calidad por el juzgador; sin embargo, se erigen como una probanza óptima, ya que en ellos se hacen constar ingresos, retiros, existencia de valores, comisiones bancarias cobradas, intereses ganados o impuestos retenidos; lo que evidentemente tiene relación con la contabilidad, por ende, constituyen un medio para demostrar la existencia de ingresos y egresos del contribuyente, así como para verificar el debido cumplimiento de las disposiciones tributarias.

Sirve de apoyo lo indicado en los siguientes criterios titulados:

Así las cosas, quien sea objeto de una determinación presuntiva, por parte de la autoridad hacendaria, podrá hacer valer los argumentos descritos para defender su patrimonio.