Cómo solicitar la devolución del ISN en la CDMX

Conoce los lineamientos para la devolución de este impuesto

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 .  (Foto: iStock)

En el mundo empresarial no existen contribuyentes que estén exentos de cometer errores, ya sea por un descuido o desinformación; los cuales pueden generarles un desembolso económico; por ejemplo, el pago de lo indebido de impuestos.

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En el caso del Impuesto Sobre Nóminas (ISN) es posible recuperar el importe pagado de más a la autoridad, a través de la presentación de la solicitud de devolución contemplada en el artículo 49 del Código Fiscal del Distrito Federal (CFDF).

La autoridad fiscal debe devolver a los contribuyentes, las cantidades pagadas indebidamente que procedan de conformidad con el CFDF. Puede realizarlo mediante transferencia bancaria, con cheque nominativo o pagos referenciados en las ventanillas bancarias, cuando por alguna circunstancia, no sea posible hacerlo vía la transferencia electrónica, o mediante la dación en pago.

Esta debe efectuarse dentro de un plazo de 120 días hábiles siguientes a la fecha en que se presentó la solicitud.

Es importante mencionar que obligación del fisco de devolver, prescribe en el término de tres años; tiempo que se interrumpe con cada gestión de cobro que el contribuyente realice a través de la presentación de la solicitud de devolución correspondiente.

Esa solicitud de devolución deberá reunir los siguientes requisitos:

  • constar por escrito, en español y sin tachaduras ni enmendaduras
  • precisar del promovente: nombre, denominación o razón social, y número telefónico
  • autoridad a la que se dirige y el propósito de la promoción
  • domicilio para oír y recibir notificaciones dentro de la CDMX y el nombre de la persona autorizada para recibirlas
  • en caso de promover a nombre de otra persona, acompañar el documento con el que se acredite la representación legal de la misma, y
  • documento en el que conste el pago motivo de la devolución

A la solicitud de devolución se debe adjuntar:

  • copia legible de la nómina correspondiente al periodo por el que solicita la devolución, firmada por el contribuyente o representante legal
  • hoja de trabajo en la que se determine el pago correcto y las causas que originaron el error en la declaración por la que se solicita la devolución, firmada por el contribuyente o su representante legal, y
  • declaración complementaria sin pago, en su caso

Cuando no se cumplan estos requisitos, la autoridad requerirá la información pendiente al interesado, a fin de que en un plazo de 10 días hábiles se cumpla con el requisito omitido; de no subsanarse, se tendrá por no presentada la solicitud de devolución.