Mediante diversas resoluciones favorables a los contribuyentes solicitantes, el SAT confirma que su importación no está sujeto al pago del impuesto



El SAT avaló el criterio sostenido por contribuyentes consultantes, en el sentido de que la importación de ciertos productos no están sujetas al pago del IVA, siempre y cuando sean destinados exclusivamente para su uso en invernaderos hidropónicos, y además coincida con los bienes materia de análisis de la consulta planteada.

La autoridad consultada basa su resolutivo en los artículos 25, fracción III, y  2-A, fracción I, inciso g), de la LIVA.

La resolución de la autoridad se puede identificar mediante un código verificador, como sigue: 

Código verificador

Fecha

Producto

64/IVA/2018-RF-Tasa aplicable

12 - Septiembre - 2018

Pantalla climática

62/IVA/2018-RF-Tasa aplicable

20 - Septiembre - 2018

Fibra de coco

61/IVA/2018-RF-Tasa aplicable

20 - Septiembre - 2018

Plástico para uso en invernadero hidropónico

63/IVA/2018 RF-Tasa aplicable

5 - Septiembre - 2018

Cubre suelo de polipropileno tejido

Lo anterior deriva de consultas realizadas por diversos contribuyentes quienes se apegaron a la ficha de trámite 186/CFF “Consultas y autorizaciones en línea” del anexo 1-A de la RMISC2018.

El extracto de los antecedentes, los considerandos y el resolutivo de cada caso se pueden consultar en el portal electrónico del SAT, en el micrositio “Resoluciones Favorables” de acceso libre, en la siguiente dirección electrónica:

http://www2.sat.gob.mx/sitio_internet/sitio_aplicaciones/Resoluciones_Favorables/default.asp

El procedimiento para realizar la búsqueda es:

1. Capturar el número de código verificador de la resolución que se desea consultar, en el campo respectivo, y luego dar click en el botón “Buscar”.  

.
 .  (Foto: IDC)

2. Se despliega el texto de la resolución, que consta de los siguientes datos:

  • fecha
  • código verificador
  • tema
  • subtema
  • antecedentes
  • considerandos, y
  • resolutivo
.
 .  (Foto: IDC)




Quiero ser
suscriptor