Como se ha manifestado por parte del gobierno federal en la reforma fiscal 2019, la compensación universal ha sido restringida para ser aplicada únicamente contra impuestos a cargo propios y de la misma naturaleza.
Aunque se habla mucho de las repercusiones fiscales que esto pudiera tener, a final de cuentas se ha subestimado su impacto, ya que la afectación que se tiene es de naturaleza financiera, específicamente en el capital de trabajo de la compañía, en un flujo de efectivo negativo, sostiene el C.P. M.F.C. y M.F. Fabricio Villaseñor Bernal, Gerente de Finanzas y Contraloría en MD Elektronik de México S. de R.L. de C.V.
Actualmente las empresas más afectadas son las de nueva creación y más las que iniciarán inversiones en nuestro país en 2019, además de las que la mayoría de sus ventas son de exportación (tasa 0 %), pues las que si cuentan con saldos hasta 2018 pueden aplicarlos como se venía haciendo anteriormente, si presentan el aviso de compensación.
Tratándose de saldos a favor del IVA esto representa un doble impacto al flujo de efectivo de la compañía, ya que por un lado en caso de existir un monto a pagar de ISR se desembolsará dicho impuesto, y por otro el tiempo de recuperación del IVA vía una solicitud de devolución demora bastante en la práctica.
A continuación, se muestra un ejemplo en el cual se ve la afectación innecesaria en el desembolso de flujo de efectivo de la compañía.
El no poder compensar el IVA con base en la nueva LIF 2019, en el caso descrito afectaría con dos millones de pesos de desembolso innecesarios que puede tomar hasta tres o cuatro meses en recuperar.
Es importante mencionar que las empresas de nueva creación generan mucho saldo a favor del IVA por la construcción de sus plantas industriales o inversiones iniciales, por lo general estas compañías reciben sus recursos vía aumentos de capital por sus accionistas o préstamos (generalmente de sus casas matrices), así es crucial para ellos cuidar su efectivo, recuperando o aplicando las cantidades a favor cuando inicien operaciones.
Este tipo de reformas parecen estar diseñadas desde el punto de vista y enfoque netamente recaudatorio; sin embargo, deberían ser concebidas y analizadas desde todos los aspectos. La misma reforma podría tener un efecto negativo en la economía al afectar la atracción de inversión extranjera, lo cual desembocaría en la pérdida de empleos e incluso hasta consecuencias más trascendentes.
En mi opinión si el gobierno federal ya impuso esta reforma, de igual manera debería de contrarrestar este efecto, ya sea agilizando el proceso de devoluciones del IVA o de manera general sería incrementar el monto aplicable del IVA por devolución automática, esto último obedeciendo a una simple condición; que el contribuyente este positivo en su opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales, esto mitigaría el efecto de la restricción a la compensación que es agresiva al capital de trabajo de la compañía y a la situación financiera de la misma.
Conclusión
Es válido el proponer y aprobar una reforma fiscal que dé vuelta a un beneficio o incentivo existente para los contribuyentes; no obstante, debe de analizarse su impacto en las finanzas de los mismos y sus efectos económicos a nivel país y no solo el monto de recaudación que tendría para el Estado, es decir, emitir una exposición de motivos más fundamentada en todos los aspectos que pudiera tener influencia dicho cambio, además es muy importante que se acompañe de otras modificaciones que contrarresten la cancelación del beneficio.
Esto es, que se otorgue una nueva facilidad o ahorro en materia fiscal, y con ello básicamente conservar una equidad en la relación entre el fisco y el contribuyente.
Nota del editor:
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