Ante los rumores de nuevas cargas fiscales a las propinas percibidas por los trabajadores de algunos establecimientos, el SAT aclaró que estos ingresos son parte del salario del trabajador, por lo que deben ser consideradas por el empleador para el cálculo y retención del Impuesto sobre la Renta (ISR).
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En sus redes sociales, el organismo recordó que desde 1993 la autoridad hacendaria analizó esta situación y lo dio conocer a través de un oficio.
En 2015, el SAT lo estableció como criterio normativo y desde entonces se publica en el Anexo 7 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) que compila todos los criterios normativos vigentes en materia de impuestos internos.
En 2019, en el Anexo 7 publicado el 30 de abril en el Diario Oficial de la Federación (DOF), se volvió a publicar el mismo criterio, sin cambio alguno, pues sigue siendo vigente.
“Conclusión: no es que el SAT vaya a cobrar impuestos por las propinas, esto siempre ha ocurrido”.