Inicia verificación a contribuyentes en región fronteriza
Aplicación del programa de verificación en tiempo real para los contribuyentes que apliquen el estímulo de una tercera parte del ISR
Fiscal Contable
Los contribuyentes que exclusivamente perciban ingresos en la región fronteriza norte que apliquen el beneficio del articulo Segundo del “Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte” del 31 de diciembre de 2018, consistente en considerar un crédito fiscal equivalente a la tercera parte del ISR causado en el ejercicio o en los pagos provisionales, deben colaborar semestralmente con el SAT en el programa de verificación en tiempo real (arts. Segundo y Séptimo, fracc. IV, Decreto).
LEE: CERCA EL INFORME DEL PROGRAMA DE VERIFICACIÓN EN TIEMPO REAL
De conformidad con la regla 11.4.4. de la RMISC 2019, se considera que los contribuyentes colaboran en dicho programa cuando presenten la información y documentación señalada en la ficha de trámite 6/DEC-10 “Informe al programa de verificación en tiempo real para contribuyentes de la región fronteriza norte” (Anexo 1-A, RMISC).
No obstante, a partir de agosto de 2019, las autoridades pueden, en un ambiente de colaboración y cooperación, revisar en tiempo real a los contribuyentes inscritos en el “Padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza norte”, para validar que cumplen con lo establecido en el Decreto y evaluar la veracidad y congruencia de los datos y documentos presentados.
Esta verificación puede llevarse en el domicilio fiscal, en la sucursal, en la agencia o el establecimiento que los contribuyentes hayan registrado en el “Padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza norte” o en las oficinas de la autoridad.