En aquellos casos de terminación de una relación laboral, en que el patrón realice el pago de conceptos relacionados a este evento, como pudiera ser: prima de antigüedad y/o indemnización; así como conceptos ordinarios de percepciones, el retenedor deberá elaborar dos CFDI, uno por cada uno de estos de conceptos.
De elaborarse un solo CFDI, se le deberán incluir dos complementos de nómina: uno por los conceptos relacionados con la terminación laboral, y otro por las demás percepciones ordinarias a favor del trabajador.
Así lo está difundió el SAT en la actualización de su guía de llenado de la “Guía de llenado del comprobante del recibo de pago de nómina y su complemento”, en los siguientes términos:
Este lineamiento entrará en vigor a partir del 1o. de enero de 2020, según lo indica la propia autoridad en el documento referido.