SAT anuncia su segundo periodo vacacional 2019

Se difunden los días inhábiles con motivo de fin de año, a través de una nueva versión anticipada de la segunda modificación a la RMISC 2019

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 .  (Foto: Cuarto Oscuro)


El pasado 26 de noviembre de 2019 el SAT difundió en su portal la segunda versión anticipada de lo que pretende ser la segunda modificación a la REMISC2019.

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Con esta se actualización se precisa que el segundo periodo de vacaciones correspondiente a  2019 será del 23 de diciembre de 2019 al 7 de enero de 2020, por lo que esos días serán inhábiles para efectos del artículo 12, primero y segundo párrafos, del CFF (Regla 2.1.6., fracción I, inciso c), adición).

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 .  (Foto: IDC online)
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 .  (Foto: IDC online)