Amparos contra la reforma fiscal penal

EL CJF concentra la resolución de amparos en materia de la reforma penal-fiscal

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 .  (Foto: iStock)

El 18 de febrero de 2020, se publicó en el DOF, el acuerdo general 2/2020 del pleno del Consejo de la Judicatura Federal (CJF)” relativo a la resolución de los juicios de amparo relacionados con la emisión de CFDI´s que amparen operaciones inexistentes, que en esa materia se encuentren contenidas en la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada (LFDO), en la Ley de Seguridad Nacional (LSN), en el Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP), en el CFF y en el Código Penal Federal (CPF), así como aquellas disposiciones relacionadas con el esquema de austeridad republicana, incluyendo la Ley Federal de Austeridad Republicana (LFAR), y las reformas y adiciones en esa materia a la Ley General de Responsabilidades Administrativas (LGRA) y a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPR).

Es importante recordar que el 8 y 19 de noviembre de 2019, se publicaron respectivamente en el DOF, reformas a los ordenamientos: LFDO, LSN, el CNPP, CFF, CPF así como el modificaciones a la LFAR, LGRA y a la LFPR. El objetivo de estas reformas es combatir la evasión fiscal realizada por la venta de facturas.

Al ser una reforma sin precedente, el CJF prevé que serán diversos los amparos interpuestos por los contribuyentes; en ese sentido se busca la unificación de los criterios de resolución; por ello se acuerda que los Juzgados Primero y Segundo de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en la Ciudad de México, conocerán del trámite, resolución y cumplimiento de las sentencias de los juicios de amparo en los que se reclamen diversas disposiciones relacionadas con la llamada miscelánea penal-fiscal.

Este acuerdo entrará en vigor el día de su publicación; es decir, el 19 de febrero de 2020.