Otro ajuste al anteproyecto de la 1a. modificación de la
RMISC 2020

Otro ajuste al anteproyecto de la 1a. modificación de la
RMISC 2020

SAT lanza la tercera modificación a este documento con facilidad de pago de créditos fiscales
En medio de la crisis el SAT toma algunas medidas para sufragar la contingencia sanitaria ocasionada por el coronavirus; ya que el 15 de abril se dio a conocer en su portal, la tercera modificación de la primera resolución de modificaciones a la RMISC 2020, la cual comprende:
Modificaciones
Nuevo
Se añade la regla 13.1 “De la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2”, en la que se indica que los contribuyentes que tengan a su cargo créditos fiscales firmes pendientes de pago, constituidos por contribuciones, aprovechamientos y/o accesorios, podrán optar por pagar cada uno de forma independiente, conjuntamente con su actualización y accesorios, siempre que se respete el orden de pago que establece el artículo 20 del CFF
Es importante mencionar que los que opten por la facilidad, deberán presentar un caso de aclaración en el portal del SAT, manifestando el número de la resolución en los casos que proceda, así como los conceptos, ejercicios y periodos que desea cubrir y el monto de los pagos a realizar, desglosando, en su caso, la actualización y accesorios correspondientes.
De ser procedente la solicitud, la autoridad fiscal emitirá respuesta acompañando el FCF (línea de captura).