CDMX condona parcialmente predial y 100 % de accesorios

Medidas fiscales tendientes a apoyar, impulsar y fortalecer la economía para mitigar los efectos del Covid-19

.
 .  (Foto: Cuarto Oscuro)

El gobierno de la CDMX publicó el 16 de junio de 2020 la Resolución de carácter general mediante la cual se condona parcialmente el pago del impuesto predial, así como el 100% de los accesorios que se indican, en donde destacan los siguientes aspectos:

  • beneficios fiscales otorgados (artículos primero, segundo y tercero): 

Concepto

% de condonación

Periodo

Impuesto predial

5 %

  • 4o. bimestre de 2020, y
  • pago anticipado de los bimestres 5o. y 6o. de 2020

Recargos, multas y gastos de ejecución

100 %

Los generados durante los tres primeros bimestres de 2020.

El pago debe ser simultáneo con el impuesto respectivo de dichos bimestres

  • para tener derecho a los beneficios fiscales, los pagos deben realizarse en una sola exhibición durante la vigencia de la Resolución (artículo cuarto)
  • para obtener los beneficios, los contribuyentes interesados obtendrán una línea de captura desde el sitio electrónico www.finanzas.cdmx.gob.mx o bien, utilizando la propuesta de “Declaración de Valor Catastral y Pago del Impuesto Predial (Boleta)” y pagar a través de los auxiliares autorizados (artículo quinto)
  • perderán estos beneficios fiscales aquellos contribuyentes que impugnen el pago realizado o proporcionen documentación o información falsa o la omitan, para gozar indebidamente de tales beneficios, sin perjuicio de responsabilidades administrativas y/o penales que en su caso procedan (artículo sexto)
  • la vigencia de la resolución es del 1o. de julio y hasta el 31 de agosto de 2020 (artículo segundo transitorio)