Forma de pago de deducción personal

Las personas físicas pueden efectuar la deducción de las primas por seguros de gastos médicos, complementarios o independientes de los servicios de salud

Soy persona física, al presentar mi declaración anual del ejercicio 2019 quiero hacer deducible un seguro de gastos médicos a mi nombre, dicho seguro lo pague con la tarjeta de crédito de mi mamá, puedo realizar la deducción


Sí, de conformidad con el numeral 151, fracción VI de la LISR, las personas físicas pueden efectuar la deducción de las primas por seguros de gastos médicos, complementarios o independientes de los servicios de salud proporcionados por instituciones públicas de seguridad social, siempre que el beneficiario sea el propio contribuyente, su cónyuge o la persona con quien vive en concubinato, o sus ascendientes o descendientes, en línea recta.

Cabe destacar que esta fracción no prevé como requisito la forma de pago de este tipo de operaciones, incluso el penúltimo párrafo del numeral referido, indica que los requisitos de las deducciones en general no son aplicables a las deducciones personales.