Fusión de sociedades

Cumplir correctamente los requisitos que prevé la legislación fiscal para no considerar que existe una enajenación cuando se fusiona una empresa, evita cargas

.
 .  (Foto: iStock)

La transmisión de bienes, derechos y obligaciones, que se da de la empresa fusionante a la fusionada, se cataloga como una enajenación de conformidad con el artículo 14, fracción IX del CFF; no obstante, cuando se cumplen los siguientes requisitos previstos en su numeral 14- B, queda excluida de dicha hipótesis:

  • la empresa fuionada presente el aviso de inscripción y cancelación (de las fusionantes) ante el RFC, en términos del artículo 24, fracción I del RCFF, y
  • posteriormente a la fusión, la sociedad fusionante siga llevando a cabo las actividades que realizaban esta y las fusionadas antes de la fusión, durante un periodo mínimo de un año inmediato posterior a la fecha en la que surta efectos la fusión. Este requisito no es exigible cuando:
    • los ingresos de la actividad preponderante de la fusionada correspondientes al ejercicio inmediato anterior a la fusión, deriven del arrendamiento de bienes que se utilicen en la misma actividad de la fusionante
    • en el ejercicio inmediato anterior a la fusión, la fusionada hubiese percibido más del 50 % de sus ingresos de la fusionante, o esta última hubiese recibido más del 50 % de sus ingresos de la fusionada; no obstante, ello no será exigible si la sociedad que subsiste se liquida antes de un año posterior a la fecha en que surta efectos la fusión
    • la sociedad que subsista o la que surja con motivo de la fusión, presente las declaraciones de impuestos del ejercicio y las informativas que en los términos establecidos por las leyes fiscales les correspondan a la sociedad o sociedades fusionadas, del ejercicio que desaparecen por la fusión

Para la declaración del ejercicio, la fusionante deberá tomar todos los ingresos acumulables y deducciones autorizadas, así como el valor de todos los activos y deudas de las sociedades fusionadas pertenecientes a estas últimas desde el inicio del ejercicio y hasta la fecha de su desaparición.

Avisos al RFC 

Derivado de la desaparición y creación de empresas que se da en la fusión, deben presentarse diversos avisos al RFC, para lo cual se estará a lo previsto en el criterio normativo del SAT “4/CFF/N Momento en que se lleva a cabo la fusión, para efectos de la presentación del aviso de cancelación en el RFC por fusión de sociedades”, contenido en el Anexo 7 de la RMISC del 9 de enero de 2020, en donde se prevé que para efectos de la presentación del aviso de cancelación en el RFC por fusión de sociedades, se considera que la fusión de las personas morales se lleva a cabo en la fecha en que se considera el acuerdo respectivo o, en su caso, en la que se haya señalado en el acuerdo tomado en la asamblea general ordinaria o extraordinaria de accionistas, por ser esta el órgano supremo de las sociedades mercantiles.

Partiendo de este criterio, puede considerarse que desde la firma del acuerdo de fusión, debe presentarse el aviso correspondiente según se dé alguno de los siguientes supuestos:

  • cancelación en el RFC por fusión de sociedades. Se presenta por la sociedad fusionante para la baja de las empresas fusionadas que en su caso se extingan acorde con la ficha de trámite “86/CFF Aviso de cancelación en el RFC por fusión de sociedades” (Anexo 1-A, RMISC 2020, publicado el 28 de diciembre 2019 y art. 29, fracc. XVI, RCFF)
  • cambio de denominación o razón social, en el supuesto de acordarse dentro de la fusión, cuando sea por absorción o incorporación, y la sociedad fusionante cambie de denominación, se requerirá la presentación del aviso después de la firma de la escritura, según la ficha “76/CFF Aviso de cambio de denominación o razón social”
  • cambio de domicilio, si por la fusión se da un cambio en el domicilio de la fusionante, se presenta este aviso por Internet o ante la ADSC correspondiente al nuevo domicilio cumpliendo la ficha “77/CFF Aviso de cambio de domicilio fiscal a través del portal del SAT o en la ADSC”
  • inscripción al RFC, lo presenta la sociedad que surja con motivo de la fusión en el momento en que se firme su acta o documento constitutivo observando las formalidades indicadas en la ficha “43/CFF Inscripción en el RFC de personas morales en la ADSC”
  • obtención de la e.firma de la persona moral que surja con motivo de la fusión, siguiendo la especificaciones de la ficha “105/CFF Solicitud de generación del Certificado de e.firma”


.
 .  (Foto: IDConline)


ISR

El numeral 18, fracción IV de la LISR considera como ingreso acumulable a la ganancia realizada por fusión excepto cuando se cumplen los requisitos del artículo 14-B del CFF, resultando imprescindible atender a los puntos señalados.

Aun y cuando no sea acumulable la ganancia por la fusión de sociedades, existen diversos puntos en la LISR, que deben cumplirse para la transmisión de diversas cuentas fiscales tal y como se muestra en los siguientes puntos.

Pérdidas

La regla general establece que las pérdidas fiscales no pueden transmitirse en el caso de fusión. 

No obstante, la empresa fusionante puede utilizar pérdidas pendientes de amortizar al momento de la fusión, pero solo respecto a la utilidad correspondiente a la explotación de los mismos giros que la generaron (art. 58, LISR).

Para ello, la fusionante llevará registros contables en tal forma que el control de sus pérdidas en cada giro se pueda ejercer individualmente respecto de cada ejercicio, así como de cada nuevo giro que se incorpore al negocio. En el caso de gastos no identificables, estos se aplican en la parte proporcional que representen en función de los ingresos obtenidos propios de la actividad, siguiendo el mismo criterio para cada ejercicio.

Inversiones

Los activos con que cuente la sociedad fusionada al momento de la fusión se transmiten a la fusionante, de esta manera esta continuará depreciándolos como cualquier otra de sus inversiones. En estos casos, se toma como fecha de adquisición del bien, la que le correspondió a la fusionada.

Los valores sujetos a deducción no pueden exceder del saldo pendiente por depreciar que tenía la sociedad fusionada; es decir, se considera como MOI el que resulte conforme a lo siguiente (arts. 31 y 36, fracc. IV, LISR):

 

MOI para la empresa fusionada

Menos:

Depreciación fiscal histórica de la empresa fusionada

Igual:

Saldo pendiente por depreciar para la fusionada o MOI neto para la empresa fusionante


Tratándose de terrenos, el MOI para la fusionante es el valor de la adquisición que traía la fusionada y como fecha de adquisición la que le correspondería a la misma (art. 19, LISR).


.
 .  (Foto: IDConline)


IVA

En términos del artículo 8o. de la LIVA, existe enajenación cuando se da alguno de los supuestos señalados en el CFF; por lo tanto, la transmisión de los bienes en la fusión es un acto gravado para el IVA; sin embargo, si se reúnen los requisitos del artículo 14-B del CFF no se paga el impuesto.

Otro punto a considerar respecto a este gravámen es que el IVA pendiente de acreditar que tengan las empresas fusionadas, se transmite en el caso de fusión a la empresa que surja o subsista, quien podrá acreditarlo (art. 4o., tercer párrafo, LIVA).

Caso práctico

Para comprender mejor los efectos fiscales derivados de una fusión, considérese el ejemplo de las empresa “Plásticos, SA” (fusionante) y “Polímeros, SA”, (fusionada), que según el acuerdo celebrado con fecha 1o. de agosto de 2020:

“Polímeros, SA”, presenta un ejercicio irregular de enero a julio, pues desaparece a partir del 31 de este último mes, por lo que debe presentar su declaración anual del ISR dentro de los tres meses siguientes a la fecha de terminación; es decir, en octubre, y 

ambas compañías se dedican a la fabricación y comercialización de artículos para el hogar, actividad que continuará realizando la fusionante

Para efectos de la fusión, se presentan los siguientes balances al 31 de julio de 2020.


"Plásticos, SA" (fusionante)

Activo

 Subtotal

Total

 

Pasivo

 Subtotal

Total

Efectivo en caja y depósitos en instituciones de crédito

 

$38,884,776.00 

 

Cuentas y documentos por pagar

 

$3,012,507.00 

Cuentas y documentos por cobrar

 

17,781,306.00

 

Acreedores diversos

$1,411,799.00

 

Clientes

$17,722,237.00

 

 

Proveedores

1,600,708.00

 

Deudores diversos

59,069.00

 

 

Contribuciones por pagar

 

1,341,205.00

Inventarios

 

3,825,151.00

 

ISR retenido a terceros

382,766.00

 

 

 

 

 

Cuotas IMSS, SAR e Infonavit

$158,395.00


 

 

 

 

IVA por pagar

800,044.00

 

 

 

 

 

ISR por pagar

 

$644,618.00

 

 

 

 

Suma Pasivo

 

$4,998,330.00

Terrenos

 

$4,122,444.00

 

 

 

 

Construcciones

 

3,807,153.00

 

Capital contable

 

 

Equipo de cómputo

 

475,142.00

 

 

 

 

Maquinaria y equipo

 

3,454,123.00

 

Capital social:

 

 

Equipo de transporte

 

213,535.00

 

    De aportaciones

 

14,485,671.00

Depreciación acumulada

 

3,189,783.00

 

    Reservas

 

2,375,706.00

 

 

 

 

Utilidades acumuladas

 

47,514,140.00

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Suma capital contable

 

$64,375,517.00

 

 

 

 

 

 

 

Suma activo

 

$69,373,847.00 

 

Suma pasivo más capital contable

 

$69,373,847.00 


"Polímeros, SA" (fusionada)

Activo

 Subtotal

Total

 

Pasivo

 Subtotal

Total

Efectivo en caja y depósitos en instituciones de crédito

 

$13,106,109.00 

 

Cuentas y documentos por pagar

 

$2,033,433.00 

Cuentas y documentos por cobrar

 

17,406,394.00

 

Acreedores diversos

831,237.00

 

Clientes

$17,220,940.00

 

 

Proveedores

1,202,196.00

 

Deudores diversos

185,454.00

 

 

Contribuciones por pagar

 

310,872.00

Impuestos por recuperar

 

121,656.00

 

ISR retenido a terceros

225,501.00

 

Saldo a favor del ISR del ejercicio 2019

85,760.00

 

 

Cuotas IMSS, SAR e Infonavit

85,371.00

 

IVA pendiente de acreditar

35,896.00

 

 

 

 

 

Inventarios

 

3,495,100.00

 

ISR por pagar

 

347,101.00

 

 

 

 

Suma Pasivo

 

$2,691,406.00

Terrenos

 

2,849,926.00

 

 

 

 

Construcciones

 

2,050,006.00

 

CAPITAL CONTABLE

 

 

Equipo de cómputo

 

255,847.00

 

 

 

 

Maquinaria y equipo

 

1,859,913.00

 

Capital social:

 

 

Equipo de transporte

 

165,500.00

 

    De aportaciones

 

9,235,378.00

Depreciación acumulada

 

1,608,283.00

 

    Reservas

 

1,279,227.00

 

 

 

 

Utilidades acumuladas

 

26,496,157.00

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Suma Capital Contable

 

$37,010,762.00

 

 

 

 

 

 

 

Suma Activo

 

$39,702,168.00 

 

Suma Pasivo más Capital Contable

 

$39,702,168.00 


Inversiones

En atención al numeral 36, fracción IV de la LISR, los activos de “Polímeros, SA” se transmiten a la fusionante, sin que su valor fiscalmente exceda del saldo pendiente por deducir.


Depreciación actualizada del ejercicio irregular

 

Concepto

Talleres

Oficinas

Inyectora

Extrusora

Automóvil

Equipo de cómputo

 

Fecha de adquisición

22/04/14

24/02/16

04/10/16

09/07/15

20/07/17

27/03/18

 

MOI

$1,537,505.00 

$512,501.00 

$1,115,948.00 

$743,965.00 

$165,500.00 

$255,847.00 

Por:

Tasa de depreciación

5 %

5 %

9 %

9 %

25 %

30 %

Igual:

Depreciación anual

$76,875.25 

$25,625.05 

$100,435.32 

$66,956.85 

$41,375.00 

$76,754.10 

Entre:

Doce

12

12

12

12

12

12

Igual:

Depreciación mensual

$6,406.27 

$2,135.42 

$8,369.61 

$5,579.74 

$3,447.92 

$6,396.18 

Por:

Meses completos de uso en el ejercicio

7

7

7

7

7

7

Igual:

Depreciación del ejercicio irregular

$44,843.89 

$14,947.94 

$58,587.27 

$39,058.18 

$24,135.44 

$44,773.26 

Por:

Factor de actualización

1.2597

1.1900

1.1752

1.2246

1.1208

1.0738

Igual:

Depreciación actualizada del ejercicio irregular

$56,489.85 

$17,788.05 

$68,851.76 

$47,830.65 

$27,051.00 

$48,077.53 


Factor de actualización

 

Concepto

Talleres

Oficinas

Inyectora

Extrusora

Automóvil

Equipo de cómputo

 

INPC del último mes de la primera mitad del periodo de utilización en el ejercicio (marzo 2020)

106.8380

106.8380

106.8380

106.8380

106.8380

106.8380

Entre:

INPC del mes de adquisición

84.8067

89.7777

90.9061

87.2408

95.3227

99.4921

Igual:

Factor de actualización

1.2597

1.1900

1.1752

1.2246

1.1208

1.0738


Depreciación acumulada a la fecha de la fusión

 

Concepto

Talleres

Oficinas

Inyectora

Extrusora

Automóvil

Equipo de cómputo

 

Depreciación mensual

$6,406.27 

$2,135.42 

$8,369.61 

$5,579.74 

$3,447.92 

$6,396.18 

Por:

Meses completos de uso a diciembre 2019

68

46

38

53

29

21

Igual:

Depreciación acumulada a diciembre 2019

435,626.36

98,229.32

318,045.18

295,726.22

99,989.68

134,319.78

Más:

Depreciación del ejercicio irregular

44,843.89

14,947.94

58,587.27

39,058.18

24,135.44

44,773.26

Igual:

Depreciación acumulada a la fecha de la fusión

$480,470.25 

$113,177.26 

$376,632.45 

$334,784.40 

$124,125.12 

$179,093.04 


Valor neto de los bienes a traspasar a la fusionante

Concepto

MOI (A)

Depreciación acumulada a la fecha de la fusión (B)

MOI neto (A menos B)

Construcción talleres

$1,537,505.00 

$480,470.25 

$1,057,034.75

Construcción oficinas

512,501.00

113,177.26

399,323.74

Inyectora

1,115,948.00

376,632.45

739,315.55

Extrusora

743,965.00

334,784.40

409,180.60

Automóvil

165,500.00

124,125.12

41,374.88

Equipo de cómputo

255,847.00

179,093.04

76,753.96

Total

$4,331,266.00 

$1,608,282.52 

$2,722,983.48


Fusión de cuentas

A continuación, se cancelan las cuentas de fusionada con las de “Plásticos, SA”, para conocer los saldos de las cuentas de la empresa fusionante a partir de agosto de 2020.

 

Polímeros, SA.∫ (fusionada)

 

Plásticos, SA.∫ (fusionante)

 

Plásticos, SA∫ (fusionante)

 

Concepto

Debe

Haber

Debe

Haber

Debe

Haber

Efectivo en caja y depósitos en instituciones de crédito

$13,106,109.00 

 

$38,884,776.00 

 

$51,990,885.00

 

Clientes

17,220,940.00

 

17,722,237.00

 

34,943,177.00

 

Deudores diversos

185,454.00

 

59,069.00

 

244,523.00

 

Saldo a favor del ISR del ejercicio 2019

85,760.00

 

0.00

 

85,760.00

 

IVA pendiente de acreditar

35,896.00

 

0.00

 

35,896.00

 

Inventarios

3,495,100.00

 

3,825,151.00

 

7,320,251.00

 

Terrenos

2,849,926.00

 

4,122,444.00

 

6,972,370.00

 

Construcciones

2,050,006.00

 

3,807,153.00

 

5,857,159.00

 

Equipo de cómputo

255,847.00

 

475,142.00

 

730,989.00

 

Maquinaria y equipo

1,859,913.00

 

3,454,123.00

 

5,314,036.00

 

Equipo de transporte

165,500.00

 

213,535.00

 

379,035.00

 

Depreciación acumulada

1,608,283.00

 

3,189,783.00

 

4,798,066.00

 

Acreedores diversos

 

$831,237.00

 

$1,411,799.00

 

2,243,036.00

Proveedores

 

1,202,196.00

 

1,600,708.00

 

2,802,904.00

ISR retenido a terceros

 

225,501.00

 

382,766.00

 

608,267.00

Cuotas IMSS, SAR e Infonavit

 

85,371.00

 

158,395.00

 

243,766.00

IVA por pagar

 

0.00

 

800,044.00

 

800,044.00

ISR por pagar

 

347,101.00

 

644,618.00

 

991,719.00

Capital social de aportaciones

 

9,235,378.00

 

14,485,671.00

 

23,721,049.00

Reservas

 

1,279,227.00

 

2,375,706.00

 

3,654,933.00

Utilidades acumuladas

 

$26,496,157.00 

 

$47,514,140.00 

 

$74,010,297.00 


Pagos provisionales de la fusionante

“Plásticos, SA”, efectúo los siguientes pagos provisionales hasta julio:

ISR a pagar

     

Concepto

Enero

Febrero

Marzo

Abril

 

Ingresos propios

$6,098,410.00 

$5,458,268.00 

$5,603,285.00 

$5,664,730.00 

Más:

Ganancia por enajenación de activos

0.00

0.00

0.00

0.00

Igual:

Ingresos nominales del periodo

$6,098,410.00 

$5,458,268.00 

$5,603,285.00 

$5,664,730.00 

Más:

Ingresos nominales de periodos anteriores

0.00

6,098,410.00

11,556,678.00

17,159,963.00

Igual:

Ingresos nominales acumulados del periodo

$6,098,410.00 

$11,556,678.00 

$17,159,963.00 

$22,824,693.00 

Por:

Coeficiente de utilidad

0.2456

0.2456

0.2384

0.2384

Igual:

Utilidad fiscal

$1,497,769.50 

$2,838,320.12 

$4,090,935.18 

$5,441,406.81 

Menos:

Pérdidas fiscales pendientes de amortizar

0.00

0.00

0.00

0.00

Igual:

Base para el pago provisional

$1,497,769.50 

$2,838,320.12 

$4,090,935.18 

$5,441,406.81 

Por:

Tasa

30 %

30 %

30 %

30 %

Igual:

ISR del periodo

$449,330.85 

$851,496.04 

$1,227,280.55 

$1,632,422.04 

Menos:

ISR retenido por bancos (acumulado)

2,169.00

4,297.00

6,543.00

8,739.00

Igual:

ISR a cargo

$447,161.85 

$847,199.04 

$1,220,737.55 

$1,623,683.04 

Menos:

Pagos provisionales anteriores

0.00

447,161.85

847,199.04

1,220,737.55

Igual:

ISR a pagar

$447,161.85

$400,037.19

$373,538.51

$402,945.49


     

Concepto

Mayo

Junio

Julio

 

Ingresos propios

$5,451,598.00 

$5,797,090.00 

$5,365,484.00 

Más:

Ganancia por enajenación de activos

0.00

0.00

0.00

Igual:

Ingresos nominales del periodo

$5,451,598.00 

$5,797,090.00 

$5,365,484.00 

Más:

Ingresos nominales de periodos anteriores

22,824,693.00

28,276,291.00

34,073,381.00

Igual:

Ingresos nominales acumulados del periodo

$28,276,291.00 

$34,073,381.00 

$39,438,865.00 

Por:

Coeficiente de utilidad

0.2384

0.2384

0.2384

Igual:

Utilidad fiscal

$6,741,067.77 

$8,123,094.03 

$9,402,225.42 

Menos:

Pérdidas fiscales pendientes de amortizar

0.00

0.00

0.00

Igual:

Base para el pago provisional

$6,741,067.77 

$8,123,094.03 

$9,402,225.42 

Por:

Tasa

30 %

30 %

30 %

Igual:

ISR del periodo

$2,022,320.33 

$2,436,928.21 

$2,820,667.63 

Menos:

ISR retenido por bancos (acumulado)

10,826.00

12,952.00

23,416.00

Igual:

ISR a cargo

$2,011,494.33 

$2,423,976.21 

$2,797,251.63 

Menos:

Pagos provisionales anteriores

1,623,683.04

2,011,494.33

2,423,976.21

Igual:

ISR a pagar

$387,811.29

$412,481.88

$373,275.42


Pérdidas transmitidas

Derivado de la fusión, a partir de la agosto se aplica una pérdida fiscal que genera la empresa fusionada en su ejercicio irregular de enero a julio 2020.

Toda vez que las actividades por las que se genera la pérdida son las mismas que continuará realizando la fusionante.

Para ello, el saldo que se transmite de la fusionada debe actualizarse hasta el último mes del ejercicio en que se genera (art. 57, LISR).

Pérdida fiscal actualizada a julio 2020

 

Concepto

Importe

 

Pérdida fiscal por ejercicio irregular 2020

$458,600.00 

Por:

Factor de actualización

1.0066

Igual:

Pérdida fiscal actualizada a julio 2020

$461,626.76 


Factor de actualización

 

Concepto

Importe

 

INPC del último mes del ejercicio en que se generó (julio 2020) (1)

108.2553

Entre:

INPC del primer mes de la segunda mitad del ejercicio en que se generó (mayo 2020) (1)

107.5443

Igual:

Primer factor de actualización

1.0066

Nota: (1) Dato estimado


.
 .  (Foto: IDC)


La empresa fusionante puede considerar el segundo periodo para actualizar las pérdidas, el cual comprende desde el último mes en que se actualizó y hasta al último mes de la primera mitad del ejercicio en que sea aplica; sin embargo, como su ejercicio fiscal es completo (enero–diciembre), el factor se obtiene dividiendo el INPC de junio entre el de julio, lo que resulta un factor inferior a la unidad, por lo tanto se considera uno como segundo factor.

Así, se toma el saldo de la pérdida por $461,626.76.

Enajenación de activos

En noviembre, la fusionante enajena la extrusora que le transmitió la fusionada.

Toda vez que no se ha aplicado depreciación por esta inversión en 2020, para determinar la ganancia o pérdida solo se actualiza el MOI hasta el último mes de la primera mitad del periodo de utilización por la fusionante.

 Saldo pendiente por depreciar actualizado

 

Concepto

Importe

 

MOI

$409,180.60

Por:

Factor de actualización

1.0066

Igual:

Saldo pendiente por depreciar actualizado

$411,881.19


Factor de actualización

 

Concepto

Importe

 

INPC del último mes de la primera mitad del periodo de utilización en el ejercicio de enajenación (septiembre 2020) (1)

108.9709

Entre:

INPC del mes de adquisición (julio 2020) (1)

108.2553

Igual:

Factor de actualización

1.0066

Nota: (1) Dato estimado

Ganancia fiscal por enajenación de activo

 

Concepto

Importe

 

Precio de venta del activo

$526,400.00

Menos:

Saldo pendiente por depreciar actualizado

411,881.19

Igual:

Ganancia (pérdida) fiscal por enajenación de activo

$114,518.81


Adicionalmente, en diciembre se vende otro activo que originalmente pertenece a la fusionante, por el cual se obtiene la siguiente ganancia por su venta.

MOI

$398,460.00

Fecha de adquisición

02/09/16

Por ciento anual de depreciación 

10 %


Depreciación mensual

 

Concepto

Importe

 

MOI

$398,460.00 

Por:

Por ciento de depreciación

10 %

Igual:

Depreciación anual

39,846.00

Entre:

Doce

12

Igual:

Depreciación mensual

$3,320.50 


Depreciación actualizada del ejercicio irregular

 

Concepto

Importe

 

Depreciación mensual

$3,320.50 

Por:

Meses completos de uso acumulados desde que se comenzó a utilizar el bien y hasta el último mes del ejercicio anterior a la enajenación

39

Igual:

Depreciación acumulada a diciembre 2019

$129,499.50 


Saldo pendiente por depreciar a diciembre 2019 actualizado

 

Concepto

Importe

 

MOI

$398,460.00 

Menos:

Depreciación acumulada a diciembre 2019

129,499.50

Igual:

Saldo pendiente por deducir

$268,960.50

Por:

Factor de actualización

2.7666

Igual:

Saldo pendiente por depreciar a diciembre 2019 actualizado

$744,106.12 


Factor de actualización

 

Concepto

Importe

 

INPC del último mes de la primera mitad del periodo de utilización en el ejercicio de enajenación (junio 2020) (1)

107.8992

Entre:

INPC del mes de adquisición (septiembre 2016) (1)

90.3577

Igual:

Factor de actualización

2.7666

Nota: (1) Dato estimado

Ganancia (pérdida) fiscal por enajenación de activo

 

Concepto

Importe

 

Precio de venta del activo

$789,450.00 

Menos:

Saldo pendiente por depreciar a diciembre 2019 actualizado

744,106.12

Igual:

Ganancia (pérdida) fiscal por enajenación de activo

$45,343.88 


Así, los pagos provisionales de la empresa fusionante de agosto a diciembre son:


     

Concepto

Agosto

Septiembre

Octubre

Noviembre

Diciembre

 

Ingresos propios

$16,880,512.00 

$16,261,802.00 

$17,296,388.00 

$16,590,002.00 

$16,998,222.00 

Más:

Ganancia por enajenación de activos

0.00

0.00

0.00

114,518.81

45,343.88

Igual:

Ingresos nominales del periodo

$16,880,512.00 

$16,261,802.00 

$17,296,388.00 

$16,704,520.81 

$17,043,565.88 

Más:

Ingresos nominales de periodos anteriores

39,438,865.00

56,319,377.00

72,581,179.00

89,877,567.00

106,582,087.81

Igual:

Ingresos nominales acumulados del periodo

$56,319,377.00 

$72,581,179.00 

$89,877,567.00 

$106,582,087.81 

$123,625,653.69 

Por:

Coeficiente de utilidad

0.2384

0.2384

0.2384

0.2384

0.2384

Igual:

Utilidad fiscal

$13,426,539.48 

$17,303,353.07 

$21,426,811.97 

$25,409,169.73 

$29,472,355.84 

Menos:

Pérdidas fiscales pendientes de amortizar

461,626.76

461,626.76

461,626.76

461,626.76

461,626.76

Igual:

Base para el pago provisional

$12,964,912.72 

$16,841,726.31 

$20,965,185.21 

$24,947,542.97 

$29,010,729.08 

Por:

Tasa

30 %

30 %

30 %

30 %

30 %

Igual:

ISR del periodo

$3,889,473.82 

$5,052,517.89 

$6,289,555.56 

$7,484,262.89 

$8,703,218.72 

Menos:

ISR retenido por bancos (acumulado)

26,786.00

30,156.00

33,524.00

36,902.00

40,283.00

Igual:

ISR a cargo

$3,862,687.82 

$5,022,361.89 

$6,256,031.56 

$7,447,360.89 

$8,662,935.72 

Menos:

Pagos provisionales anteriores

2,797,251.63

3,862,687.82

5,022,361.89

6,256,031.56

7,447,360.89

Igual:

ISR a pagar

$1,065,436.19

$1,159,674.07

$1,233,669.67

$1,191,329.33

$1,215,574.83


CUFIN

Derivado de la fusión, la fusionada debe transmitir su saldo de la CUFIN a la fecha de la fusión a la empresa “Plásticos, SA”.

CUFIN de la fusionada actualizada a julio 2020

 

Concepto

Importe

 

CUFIN a diciembre de 2019

$19,382,906.00 

Por:

Factor de actualización 

1.0219

Igual:

CUFIN de la fusionada actualizada a julio de 2020

$19,807,391.64 


Factor de actualización

 

Concepto

Importe

 

INPC del último mes del ejercicio irregular (julio 2020) (1)

108.2553

Entre:

INPC del mes en que se actualizó por última vez (diciembre 2019)

105.9340

Igual:

Factor de actualización

1.0219

Nota: (1) Dato estimado


CUFIN de la fusionante a partir de agosto de 2020

 

Concepto

Importe

 

CUFIN de la fusionante actualizada a diciembre de 2019

$47,625,370.00 

Por:

Factor de actualización

1.0219

Igual:

CUFIN de la fusionante actualizada a julio de 2020

$48,668,365.60 

Más:

CUFIN de la fusionada actualizada a julio de 2020

19,807,391.64

Igual:

CUFIN de la fusionante a partir de agosto 2020

$68,475,757.24 


CUCA

En términos del artículo 78 de la LISR, la fusionante debe transmitir a la fusionada el saldo de la CUCA que tenga a la fecha del acuerdo. Para ello, la cuenta se actualiza a la fecha de la fusión para posteriormente adicionarla a la de la fusionante referida a la misma fecha.


CUCA de la fusionada actualizada a julio 2020

 

Concepto

Importe

 

CUCA de la fusionada actualizada a diciembre de 2019

$9,854,789.00 

Por:

Factor de actualización

1.0219

Igual:

CUCA de la fusionada actualizada a julio 2020

$10,070,608.88 


Factor de actualización

 

Concepto

Importe

 

INPC del último mes del ejercicio irregular (julio 2020) (1)

108.2553

Entre:

INPC del mes en que se actualizó por última vez (diciembre 2019)

105.9340

Igual:

Factor de actualización

1.0219

Nota: (1) Dato estimado


CUCA de la fusionante a partir de agosto 2020

 

Concepto

Importe

 

CUCA de la fusionante actualizada a diciembre 2019

$18,654,890.00 

Por:

Factor de actualización

1.0219

Igual:

CUCA de la fusionante actualizada a julio 2020

$19,063,432.09 

Más:

CUCA de la fusionada actualizada a julio 2020

10,070,608.88

Igual:

CUCA de la fusionante a partir de agosto 2020

$29,134,040.97 


Aviso al SAT

La fusionante debe realizar la cancelación del RFC de la empresa fusionada que desaparece “Polimeros, SA”, para lo cual presenta el formato “RX”, tal y como se muestra en las páginas 12 a la 15. 

Conclusión

Antes de celebrar el acuerdo de fusión, es necesario verificar que se cumplen los requisitos previstos en el CFF para que no se considere que hay una enajenación; asimismo deben identificarse los derechos y obligaciones fiscales que se transmiten en dicho acto, como cuentas de capital de utilidades, etc., pues ello ayudará a que la empresa fusionada las aproveche.


.
 .  (Foto: IDC)
.
 .  (Foto: IDC)
.
 .  (Foto: IDC)
.
 .  (Foto: IDC)