El 27 de octubre el SAT dio a conocer a través de su portal de Internet el quinto ajuste a la “Tercera resolución de modificaciones a la resolución miscelánea fiscal para 2020 y sus anexos 1-a, 3, 14 y 23”, la cual prevé los siguientes cambios:
- A los días inhábiles para el SAT previstos en la regla 2.1.6. de la RMSIC 2020 (el 9 y 10 de abril de 2020) se le añade el 2 de noviembre de 2020
- se da a conocer que se modifican los Anexos 1-A y 23 de la RMSIC para 2020 como sigue:
Anexo |
Se modifica: |
1-A |
Ajuste a las fichas de trámite:
|
23 |
Ajuste en la ubicación de las Administraciones Centrales de la Administración General de Recursos y Servicios del SAT |
- se modifica el artículo quincuagésimo primero de la RMISC 2020, el cual señala que para efectos de la regla 5.2.28. (asignación de clave para producir e importar nuevas marcas de tabacos labrados), la presentación de los avisos previstos en las fichas de trámite 53/IEPS y 54/IEPS, contenidas en el Anexo 1-A, se realizará a más tardar el 30 de noviembre de 2020