Mediante publicación en el DOF el 18 de noviembre de 2020, se dio a conocer la “Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020”, en la cual se prevén las reglas para la revelación de esquemas reportables.
Bajo ese contexto se añada a la RMISC 2020 el capítulo 2.22. denominado “De la revelación de esquemas reportables” el cual contiene 28 reglas respecto al cumplimento de esta obligación.
Es importante recordar que el inicio de vigencia de la obligación conferida en los numerales 197,198, 199, 200, 201 y 202 del CFF es a partir del ejercicio 2021; sin embargo, los esquemas reportables que deberán ser revelados son los diseñados, comercializados, organizados, implementados o administrados a partir del 2020, o con anterioridad a dicho año cuando alguno de sus efectos fiscales se refleje en los ejercicios fiscales comprendidos a partir de 2020.
Uno de los aspectos a destacar de los ajustes realizados, es la inclusión de la regla 2.22.1. que prevé que la declaración informativa para revelar esquemas reportables generalizados y personalizados de conformidad con los artículos 197, 198, 200, y 201 del CFF se presentará observando lo establecido en la ficha de trámite 298/CFF "Declaración informativa para revelar esquemas reportables generalizados y personalizados", contenida en el Anexo 1-A.
Por otro lado, la regla 2.22.2 indica que en caso de que exista cualquier modificación, corrección o actualización de la información, se deberá atender a la ficha de trámite 299/CFF "Declaración informativa complementaria presentada para revelar modificaciones a esquemas reportables generalizados y personalizados", contenida en el Anexo 1-A.
En el escenario de que los asesores fiscales liberados de la obligación de revelar un esquema reportable, no estén de acuerdo con el contenido de la declaración informativa, o consideren necesario proporcionar mayor información, podrán presentar la "Declaración informativa complementaria para revelar esquemas reportables generalizados y personalizados", de conformidad con lo establecido en la ficha de trámite 300/CFF "Declaración informativa complementaria para revelar esquemas reportables generalizados y personalizados, presentada por los asesores fiscales liberados de la obligación de revelar el esquema reportable", contenida en el Anexo 1-A.
Para conocer otras reglas que se añaden en la RMISC 2020 referente al cumplimiento de esquemas reportables, le invitamos a la lectura de la edición 476 donde se abordarán todos los ajustes relacionados con esta nueva obligación vigente a partir del ejercicio 2021.