Ayuda para Internet y luz en el CFDI

Al ser pagos que se efectúan directamente a la cuenta de sus subordinados, es necesario incluirlos en los CFDI de nóminas, dentro del nodo OtrosPagos

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Debido a la contingencia sanitaria, nuestra empresa ha decidido implementar el home office para todos sus colaboradores, por lo que para que puedan desempeñar su trabajo desde sus hogares se les realizarán dos pagos adicionales a su salario, uno por ayuda para el servicio de luz y otro para el de Internet, ¿estos pagos son un ingreso para los trabajadores? y ¿deben incluirse en su CFDI de nómina?

El artículo 132, fracción III de la LFT establece dentro de las obligaciones de los patrones la de proporcionar oportunamente a los trabajadores los útiles, instrumentos y materiales necesarios para la ejecución del trabajo, debiendo darlos de buena calidad, en buen estado y reponerlos tan luego como dejen de ser eficientes, siempre que aquellos no se hayan comprometido a usar herramienta propia.

Bajo esta premisa, como la empresa ha acordado que sus trabajadores desempeñen sus funciones desde sus hogares, se encuentra obligado a proporcionar los medios necesarios para ello, como pueden ser equipo de cómputo, papelería, Internet, servicio eléctrico, y los demás que se requieran para el desarrollo de su actividad; por lo tanto, los pagos que se realicen por estos conceptos se consideran como herramientas de trabajo y no constituyen un ingreso gravado para los trabajadores.

No obstante, al ser pagos que se efectúan directamente a la cuenta de sus subordinados, es necesario incluirlos en los CFDI de nóminas, dentro del nodo OtrosPagos, pues las cantidades ahí registradas son datos informativos y no se suman a las percepciones obtenidas por el trabajador, ya que no son ingresos acumulables.

Para tales efectos puede utilizarse la plataforma del SAT para la emisión de CFDI siguiendo la ruta www.sat.gob.mx – Factura electrónica – Genera tu factura; posteriormente se introduce el RFC y la contraseña del contribuyente o bien se ingresa con su e.firma.

Una vez dentro del aplicativo, en la pestaña “Emisor/Receptor” se indica que se trata de un CFDI de tipo nómina


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Se introduce el RFC y el nombre del trabajador


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En el apartado “Comprobante” se continua con la captura general de los datos



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 El sistema muestra de forma predeterminada las claves del servicio y clave de unidad, así como la descripción


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Pasando a la pestaña “Complementos” se selecciona el complemento de nómina y se habilitan los campos sobre los datos generales del recibo

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Debe habilitarse el apartado de percepciones para incluir las correspondientes al periodo de pago, en este ejemplo solo se considera el salario de la quincena, para lo cual se pulsa el boton “Nuevo” para poder ingresar los datos y posteriormente se da “Agregar”


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Con ello se muestran los datos capturados:

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A continuación se da clic en el apartado “Deducciones” para capturar las correspondientes al periodo, pulsando “Nuevo”, se capturan los datos y con el botón “Agregar” se guarda la información; así se incluyen las retenciones por ISR y cuotas IMSS a cargo del trabajador.


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Por último, se habilita el apartado de “Otros pagos”, y al pulsar el botón “Nuevo” se pueden introducir los datos; en el tipo del pago se despliega una lista en la que se selecciona la opcion “999 Pagos distintos a los listados y que no deben considerarse como ingreso por sueldo, salarios o ingresos asimilados”


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Así se detalla el concepto del pago en el campo correspondiente, para este caso la ayuda para el pago de Internet: 


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Después de presionar el botón “Agregar” se muestra el concepto introducido


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Bajo el mismo procedimiento se incluye el pago por la ayuda para el pago del servicio de energía eléctrica:


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Por último, se pulsa el botón “Sellar comprobante”, para firmarlo digitalmente con la e.firma del contribiuyente y obtener así el archivo .XMLS y su representación impresa


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