Presentación del esquema reportable

En términos generales el asesor fiscal es el obligado a presentar la declaración informativa con el esquema reportable

Soy el contador de una persona moral que tributa en términos del Título II de la LISR. Los primeros días de este año aplicamos un esquema generalizado que debe ser revelado de conformidad con el artículo 199 del CFF. Cómo puedo reportar el esquema

En términos generales el asesor fiscal es el obligado a presentar la declaración informativa con el esquema reportable; no obstante, en caso de encuadrar en alguno de los supuestos previstos en el numeral 198 del CFF, el contribuyente será el obligado, para lo cual debe hacer lo siguiente:

  • debe ingresar al micrositio de esquemas reportables y seleccionar, “Ingresa al aplicativo”, como se muestra en la imagen
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 .  (Foto: IDC)


  • se solicitará la e.firma y contraseña del contribuyente o del asesor fiscal para ingresar al aplicativo
  • una vez que se ingresó al aplicativo, este arrojará una pantalla en donde se deberán llenar distintos apartados
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 .  (Foto: IDC)

Los apartados contienen lo siguiente:

  • portada. Se registran los datos de las personas que reportaran el esquema
  • revelaciones. Preguntas respecto a si está liberando o presentado la declaración por cuenta de terceras personas
  • representante legal. Se solicita residencia fiscal y nombre de este
  • inf. específica del esquema. Se debe indicar por cuál de las 14 fracciones del numeral 199 del CFF se está obligado a presentar la declaración
  • descripción, fundamento. Se solicita el detalle de las etapas del esquema, así como los ordenamientos legales que lo amparan. En este apartado se debe adjuntar la información solicitada en las reglas de la 2.21.4. a la 2.21.22. de la RMISC 2021
  • beneficio fiscal. Se debe indicar detalladamente el beneficio obtenido, además se dan diversas opciones de beneficios
  • persona o figura involucrada. En este apartado se pregunta respecto a la creación de sociedades o si existirán venta de partes accionarias
  • ejercicio fiscal. Años en los que se comercializó el esquema
  • otra información. Se pregunta: ¿se cuenta con cualquier otra información que se considere relevante para los fines de la revisión del esquema reportable que se revela?
  • manifestación. De que la información está completa y sin errores y que el envío del esquema no representa su aceptación o rechazo