MIE 18/02
TDC 17.1753
SAB 10/01
INPC 143.5880
DOM 01/02
RECARGOS FEDERALES 2.07%
DOM 01/02
UMA 117.31
Entre las especificaciones destaca cumplir con las obligaciones establecidas en las demás disposiciones fiscales en materia de retención y entero de impuestos a cargo de terceros
De manera general para poder deducir un gasto se deben cumplir las siguientes exigencias (art. 27, LISR):
- ser estrictamente indispensable
- estar amparado con el CFDI correspondiente
- los pagos cuyo monto exceda de 2,000 pesos se hagan con tarjeta de débito o crédito, cheque o transferencia electrónica de cuentas a nombre del contribuyente, y
- en caso de inversiones debe atenderse a los requerimientos de la sección II del Capítulo II del Título II de la LISR
- registrarlo debidamente en la contabilidad y restarlo una vez
- cumplir con las obligaciones establecidas en las demás disposiciones fiscales en materia de retención y entero de impuestos a cargo de terceros, y el
- traslado expreso y por separado del IVA y la retención y entero del mismo impuesto