Cómo suspender la ejecución del acto administrativo

Conozca la manera de presentar la solicitud para suspender el acto administrativo en un juicio contencioso administrativo

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 .  (Foto: Getty)

Se entiende por suspensión de la ejecución del acto administrativo, aquella actuación en la cual se solicta cesar los efectos del acto administrativo, por considerar que la ejecución inmediata puede perjudicar indebidamente los derechos o intereses del promovente.

Durante la substanciación del juicio contencioso administrativo, mejor conocido en el medio como juicio de nulidad, los contribuyentes que son parte de este, pueden solicitar la suspensión de la ejecución del acto administrativo, conforme a lo establecido en la Ley Federal  de Procedimiento Contencioso Administrativo (LFPCA).

El numeral 28 de la ley en cita, señala que la solicitud de suspensión de la ejecución del acto administrativo impugnado, debe ser presentada por el contribuyente o su representante legal, y para su tramitación se debe cumplir con lo siguiente:

  • tratándose de la suspensión de actos de determinación, liquidación, ejecución o cobro de contribuciones, aprovechamientos y otros créditos fiscales, se concederá la suspensión, que surtirá sus efectos si se ha constituido o se constituye la garantía del interés fiscal ante la autoridad ejecutora por cualquiera de los medios permitidos por las leyes fiscales aplicables.
    Al otorgar la suspensión, se podrá reducir el monto de la garantía, en los siguientes casos:
    • el monto de los créditos excede la capacidad económica del solicitante, y
    • se trate de un tercero distinto al sujeto obligado de manera directa o solidaria al pago del crédito
  • cuando la suspensión pudiera causar daños o perjuicios a terceros, se concederá si el solicitante otorga una garantía bastante amplia para reparar el daño o indemnizar el perjuicio que con ella se cause, si este no obtiene sentencia favorable. En caso de afectaciones no estimables en dinero, de proceder la suspensión, se fijará discrecionalmente el importe de la garantía
  • en los demás casos, se concederá determinando la situación en que habrán de quedar las cosas, así como las medidas pertinentes para preservar la materia del juicio principal, hasta que se pronuncie sentencia firme
  • el monto de la garantía y contragarantía será fijado por el magistrado instructor o quien lo supla

Se concederá la suspensión de la ejecución del acto administrativo siempre que no se afecte el interés social, ni se contravengan disposiciones de orden público, y sean de difícil reparación los daños o perjuicios que se causen al solicitante con la ejecución del acto impugnado.