Qué notificaciones pueden presentarse en un juicio de
nulidad

Qué notificaciones pueden presentarse en un juicio de
nulidad

Conozca cuales son las notificaciones que por disposición legal deben realizarse de manera personal o por correo certificado
Los contribuyentes parte de un juicio contencioso administrativo conocido como juicio de nulidad, deben conocer qué notificaciones se realizan durante el juicio, cuales deben realizarse de manera personal o por correo certificado.
Conforme el artículo 67 de Ley Federal del Procedimiento Contencioso Administrativo (LFPCA), las notificaciones únicamente deberán llevarse a cabo personalmente, o por correo certificado con acuse de recibo, cuando se trate de las resoluciones siguientes:
En los demás casos, las notificaciones deberán efectuarse por medio del boletín jurisdiccional.
El magistrado instructor podrá, excepcionalmente, ordenar la notificación personal, por oficio o por correo certificado con acuse de recibo a las partes, atendiendo a su situación concreta, para lo cual deberá fundar y motivar esa determinación en el acuerdo respectivo.