¿Instituciones del sector financiero deben garantizar el interés fiscal?

Conozca si este tipo de entes están obligados a cumplir con esta exigencia legal

Mediante el embargo coactivo se puede garantizar el interés fiscal y suspender el PAE
 Mediante el embargo coactivo se puede garantizar el interés fiscal y suspender el PAE  (Foto: iStock)

El artículo 65 del CFF establece que las contribuciones omitidas que las autoridades fiscales determinen como consecuencia del ejercicio de sus facultades de comprobación, así como los demás créditos fiscales, deben pagarse o garantizarse, junto con sus accesorios, dentro de los 30 días siguientes a aquel en que haya surtido efectos su notificación.

Por su parte, el numeral 141 del mismo Código detalla las formas en que los contribuyentes pueden garantizar el interés fiscal y preciso que las autoridades fiscales en ningún caso pueden  dispensar el otorgamiento de esa garantía, mientras que el precepto 142 del CFF señala los supuestos jurídicos en los cuales esta procede.

Por lo que corresponde a las instituciones financieras el artículo 86 de la Ley de Instituciones de Crédito indica que mientras los integrantes del Sistema Bancario Mexicano, no estén en liquidación o en procedimiento de quiebra, se considera acreditada su solvencia y no están obligados a constituir depósitos o fianzas legales, ni tratándose de obtener la suspensión de los actos reclamados en los juicios de amparo o de garantizar el interés fiscal en los procedimientos respectivos.

Estas disposiciones han sido materia de análisis por parte de la autoridad fiscal, quien concluyó que las instituciones integrantes del Sistema Bancario Mexicano se encuentran relevadas de la obligación de otorgar la garantía del interés fiscal (Criterio normativo 13/CFF/N, anexo 7 de la RMISC 2021).

Cabe precisar que este beneficio es aplicable únicamente a las instituciones del Sistema Bancario Mexicano, el cual está conformado por el Banco de México, las instituciones de banca múltiple y de desarrollo, así como por los fideicomisos públicos constituidos por el gobierno federal para el fomento económico que realicen actividades financieras y los organismos autoregulatorios bancarios con fundamento en la  Ley de Instituciones de Crédito.