Pago de adeudo de contribuciones 2020

Los contribuyentes que se encuentren en este supuesto pueden comenzar a regularizarse el siguiente año

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 .  (Foto: iStock)

Aquellos contribuyentes que aún adeudan ISR del ejercicio 2020 porque no han podido comenzar a pagarlo en parcialidades en términos de los artículos 66 y 66-A del CFF; en virtud de que esta facilidad no resulta aplicable tratándose de contribuciones que debieron pagarse en el año de calendario en curso, como es el caso del impuesto anual de 2020 que debió cubrirse a más tardar el 31 de marzo de 2021, podrán efectuar dicha promoción en enero de 2022.

Para tales efectos, como primer punto se debe obtener el total del crédito fiscal a la fecha en que se presente la promoción, en este supuesto hasta enero de 2022.

 Impuesto actualizado

 

Concepto

Importe

 

Monto del impuesto omitido

$1,549,500.00

Por:

Factor de actualización

1.0482

Igual:

Impuesto actualizado

$1,624,185.90

Factor de actualización

 

Concepto

Importe

 

INPC del mes inmediato al mas reciente del periodo (diciembre 2021) (1)

116.254

Entre:

INPC del mes inmediato anterior al más antiguo del periodo (febrero 2021)

119.907

Igual:

Factor de actualización

1.0482

Nota: (1) Dato estimado

Tasa de recargos

 

Mes

Tasa

 

Abril 2021

1.47 %

Más:

Mayo 2021

1.47 %

Más:

Junio 2021

1.47 %

Más:

Julio 2021

1.47 %

Más:

Agosto 2021

1.47 %

Más:

Septiembre 2021

1.47 %

Más:

Octubre 2021

1.47 %

Más:

Noviembre 2021

1.47 %

Más:

Diciembre 2021

1.47 %

Igual:

Suma de los recargos causados por mora

13.23 %

Recargos causados a la fecha de la solicitud

 

Concepto

Importe

 

Impuesto actualizado

$1,624,185.90

Por:

Suma de los recargos causados por mora

13.23 %

Igual:

Recargos causados a la fecha de la solicitud

$214,879.79

Crédito fiscal

 

Concepto

Importe

 

Impuesto actualizado

$1,624,185.90

Más:

Recargos causados a la fecha de la solicitud

214,879.79

Igual:

Crédito fiscal

$1,839,065.69

Para poder solicitar la autorización se deberá enterar un 20 % del total del crédito fiscal.

Pago a efectuar para poder solicitar la autorización

 

Concepto

Importe

 

Crédito fiscal

1,839,065.69

Por:

Por ciento

20 %

Igual:

Pago a efectuar para poder solicitar la autorización

$367,813.14