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Con la publicación en el DOF de la RMISC 2022, la autoridad adicionó diversas reglas y con ello nuevas facultades, lo que hay que tener presente porque el fisco podrá restringir a los contribuyentes la realización de ciertos trámites cuando detecte irregularidades en su situación fiscal.
Según la regla 2.2.19 de la RMISC 2022, la autoridad fiscal podrá restringir la obtención de la contraseña o el certificado de e.firma de aquellos contribuyentes que soliciten la generación y actualización de la contraseña o la autorización para renovar el certificado de su e.firma, a través de la aplicación de SAT ID, cuando identifique irregularidades en su situación fiscal. El origen de la restricción les será notificado a los afectados a través de los medios de contacto que hayan registrado.
La restricción estará permanente hasta en tanto el contribuyente de que se trate regularice su situación fiscal. El medio idóneo para tal efecto es la presentación de una aclaración en términos de la ficha trámite 197/CFF “Aclaración en las solicitudes de trámites de Contraseña o Certificado de e.firma”, contenida en el Anexo 1-A de la RMISC 2022.
Por lo anterior es importante que los contribuyentes mantengan actualizados sus medios de contacto para que la autoridad les haga de su conocimiento cualquier acontecimiento, y así estén en condiciones de aclararlo en tiempo y forma.