Por la falta de un área especializada en nóminas o la asesoría de un especialistas en materia fiscal, más de 225,000 pequeñas y medianas empresas que operan en el país podrían enfrentar problemas para cumplir con el proceso de facturación con la versión 4.0 del CFDI, aseveró Hooman.
“Regularmente las Pymes no cuentan con un área especializada en nómina, mucho menos cuentan con un especialista en materia fiscal, por lo tanto, siempre es recomendable que este tipo de empresas busquen la ayuda de empresas expertas en temas laborales y que a su vez estos despachos cuenten con especialistas calificados en materia fiscal”, advirtió la socia directora de Hooman, Aída Cruz.
La experta en capital humano consideró que una opción que tienen las Pyme para cumplir los cambios en su proceso de facturación es buscar la asesoría de expertos, con lo cual podrán enfocarse en la producción de bienes, la comercialización de mercancías o la prestación de servicios.
Qué trae el CFDI 4.0
La firma explicó que a partir del 1 de mayo de este año todas las empresas en el país deberán realizar su proceso de facturación con la versión Un punto importante que deben considerar los empleadores es que el referido código postal debe coincidir con el que el receptor del pago de nómina tiene en su registro federal de contribuyentes (RFC).
Aunque desde el 1 de enero entró en vigor la versión 4.0 del CFDI, existe un periodo de transición entre la anterior y la anterior, que termina el 30 de abril de este año. A partir del 1 de mayo, las empresas que no estén facturando bajo el nuevo esquema no podrán emitir sus comprobantes fiscales.
Cruz agregó que, además del código fiscal del trabajador, otros cambios que entrarán en vigor en la versión 4.0 del CFDI son:
Especificar el nombre y domicilio fiscal del emisor y del receptor de la factura.
Indicar si las operaciones amparadas son objeto de impuestos directos.
Llevar nuevos apartados para informar sobre operaciones con el público en general y las realizadas a cuentas de terceras personas.
Podrán identificarse las operaciones donde haya una exportación de mercancías.
Ahora podrán cancelarse las facturas, siempre que se señale la razón de ello y se haga dentro del plazo fijado.