Más tasas efectivas 2023 para grandes contribuyentes

El SAT publica la segunda tanda de tasas y niveles de riesgo para ciertos sectores económicos

Apenas el 31 de enero de 2023 el SAT dio a conocer las tasas efectivas que sirven para comparar las utilidades obtenidas en el ejercicio 2021 y el 7 de febrero de febrero se dieron a conocer tasas adicionales para este indicador.

LEE: TASAS EFECTIVAS 2023 PARA GRANDES CONTRIBUYENTES

Con el fin de identificar las modificaciones en los porcentajes, a continuación, se muestra la comparativa de las nuevas tasas dadas a conocer por los ejercicios 2020 y 2021:

Actividad comercial

Tasas efectivas

 

2020

2021

 

Comercio al por menor de gas L.P. en cilindros y para tanques estacionarios

5.12%

3.51%

 

Comercio al por menor de gasolina y diésel

2.06%

1.78%

 

Comercio de combustibles fósiles

2.50%

2.41%

 

Comercio al por menor de otros combustibles como petróleo diáfano, carbón vegetal y leña

1.11%

1.22%

 

Comercio al por menor de aceites y grasas lubricantes de uso industrial, aditivos y similares para vehículos de motor

1.85%

1.20%

 

Construcción de obras relacionadas con la distribución de petróleo y gas

3.13%

2.67%

 

Construcción de obras de generación y conducción de energía eléctrica

2.93%

4.28%

 

Administración y supervisión de construcción de obras para petróleo y gas

4.07%

4.04%

 

Comercio al por mayor de productos químicos para uso industrial

4.91%

4.90%

 

Construcción de obras para el tratamiento, distribución y suministro de agua y drenaje

6.56%

6.60%

 

Construcción de plantas de refinación de petróleo, de procesamiento de gas natural y de petroquímica

5.69%

4.65%

 

Captación, tratamiento y suministro de agua para uso distinto al doméstico realizados por particulares

3.85%

4.95%

 

Fabricación de aceites y grasas lubricantes

3.43%

3.37%

 

Extracción de petróleo crudo y a la extracción de hidrocarburos crudos en estado gaseoso (gas natural)

4.44%

4.31%

 

Comercio al por mayor de otros materiales para la construcción, excepto de madera

3.18%

4.12%

 

Comercio al por mayor de cemento, tabique y grava

3.36%

2.73%

 

Comercio al por mayor de abarrotes

1.94%

1.98%

 

Comercio al por mayor de maquinaria y equipo para la construcción y la minería

4.17%

3.67%

 

Comercio al por menor de productos de consumo final propiedad de terceros por comisión y consignación

4.16%

4.17%

 

Comercio al por menor en minisúper

1.70%

1.95%

 

Comercio al por menor en tiendas de abarrotes, ultramarinos y misceláneas

3.09%

3.41%

 

Comercio al por menor de enseres electrodomésticos menores y aparatos de línea blanca

5.57%

4.94%

 

Comercio al por menor en tiendas departamentales

2.81%

3.18%

 

Comercio al por menor en supermercados

2.76%

2.67%

 

Comercio al por menor de muebles para el hogar

2.46%

2.55%

 

Comercio al por menor de llantas y cámaras, corbatas, válvulas de cámara y tapones para automóviles, camionetas y camiones de motor

1.42%

2.19%

 

Construcción de naves y plantas industriales

5.75%

5.24%

 

Construcción de carreteras, autopistas, terracerías, puentes, pasos a desnivel y aeropistas

4.85%

4.84%

 

Construcción de vivienda unifamiliar

6.41%

6.22%

 

Construcción de inmuebles comerciales, institucionales y de servicios

3.75%

3.71%

 

Administración y supervisión de construcción de inmuebles comerciales, institucionales y de servicios

6.12%

6.25%

 

Construcción de obras de urbanización

4.76%

4.68%

 

Construcción de obras para transporte eléctrico y ferroviario

2.33%

2.88%

 

Complejos siderúrgicos

4.61%

6.95%

 

Fabricación de alambre, productos de alambre y resortes

5.01%

3.93%

 

Extracción y explotación de sal

6.08%

6.15%

 

Agencias de viajes

0.83%

2.83%

 

Agentes, ajustadores y gestores de seguros de vida

6.34%

6.19%

 

Alquiler de automóviles sin chofer

3.56%

4.09%

 

Construcción y/o adquisición de otros inmuebles para ser rentados, como terrenos, bodegas, galerones, plantas
industriales, naves industriales para ser rentados

6.15%

4.86%

 

En forma de una recomendación, se invitó a los contribuyentes a que determinen su tasa efectiva (dividiendo el ISR causado entre el total de ingresos acumulables), y posteriormente la comparen con las dadas a conocer por la autoridad (en el mismo sector económico), esto para medir riesgos impositivos y, en su caso, corregir su situación fiscal mediante la presentación de declaraciones complementarias, para minimizar la posibilidad del inicio de revisiones profundas orientadas a corroborar el correcto cumplimiento de sus obligaciones fiscales.